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Ley
REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL
Artículo
74

Artículo 74 del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El puntillero no puede salir al ruedo hasta que el toro ya esté muerto y quieto en el suelo, ni tampoco puede rematarlo si el animal no se ha caído. Solo él tiene permiso para cortar las orejas, el rabo o la pata del toro, y si corta algo que no debe, él es el único responsable. En las plazas de toros más importantes, el puntillero debe entregar las partes cortadas al alguacilillo, que es como un ayudante del juez de la plaza, y ese alguacilillo se las da al torero que toreó al toro.

Texto oficial

Artículo 74.- Queda prohibido al puntillero salir al ruedo antes de que doble la res, así como apuntillarla si no se ha echado. El puntillero es el único autorizado para el corte de apéndices y el mismo será responsable de cualquier mutilación indebida a los restos del toro. En las plazas de primera categoría, el puntillero entregará al alguacilillo el o los apéndices concedidos y éste en representación del Juez de Plaza los pondrá en manos del lidiador.

Ver texto oficial del REGLAMENTO TAURINO PARA EL DISTRITO FEDERAL (pág. 19) ↗

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