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Artículo 14 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comisionado en turno es la persona encargada de vigilar que todo salga bien durante una pelea de boxeo. Tiene varias tareas, como coordinarse con el área de organización para que el evento siga su programa, y asegurarse de que los jueces y árbitros sean profesionales con experiencia. También debe checar que el médico revise a los boxeadores antes de la pelea para ver que estén sanos, y que el ring esté seguro para evitar accidentes. Si algo pone en riesgo la vida de un boxeador, puede detener la pelea basándose en la opinión del médico o del árbitro. Además, al final del evento, debe entregar un reporte (bitácora) con todo lo que pasó durante la función.

Texto oficial

Artículo 14. La persona Comisionada en turno es una persona integrante de la Comisión designada para asistir al espectáculo autorizado y será la responsable de vigilar el cumplimiento de la normativa aplicable y el programa establecido en el desarrollo del evento, para lo cual contará con las siguientes atribuciones: Coordinarse con la Dirección de Encuentros para el desarrollo del programa de la función de boxeo; Coordinar las funciones de jueces y árbitros que actuarán durante la función de boxeo, de acuerdo con los criterios de capacidad profesional y experiencia; Verificar que la persona titular de los Servicios Médicos o la Auxiliar que ésta designe, realice un examen médico a los boxeadores para comprobar su estado de salud físico atlético; Supervisar que el cuadrilátero reúna las condiciones óptimas de seguridad para celebrar la función de boxeo; Controlar el acceso a vestidores para que sólo ingrese el personal previamente autorizado y debidamente acreditado; Vigilar que la empresa haga del conocimiento del público, con la debida anticipación, cualquier cambio en los programas previamente autorizados, mediante avisos fijados en las taquillas, puertas de acceso a la arena o cualquier otro en el que el todo el público lo pueda apreciar; Recabar las tarjetas de calificación emitidas por los jueces, a fin de integrar la información relativa a las puntuaciones, para el veredicto de cada pelea, haciendo entrega del mismo al Anunciador para su comunicación formal al público; Suspender el desarrollo de una pelea cuando se ponga en peligro la integridad física o la vida de alguno de los contendientes, con base en la opinión de la Jefatura de Servicios Médicos o del Árbitro designado; Verificar que los oficiales utilicen la vestimenta adecuada para el desarrollo del espectáculo público de boxeo y que se abstengan de utilizar cualquier objeto que pueda lesionar al boxeador al momento de atenderlo en el periodo de descanso entre cada asalto; Presentarse con la debida anticipación al inicio del evento, a fin de supervisar que todos los involucrados en el evento boxístico estarán presentes y, en caso contrario, tomar las medidas necesarias para ello; Apoyar a las autoridades locales correspondientes que avalan la celebración de espectáculos deportivos de box cuando deba suspenderse el desarrollo de los mismos, por incumplimiento a las disposiciones reglamentarias y técnicas de la disciplina deportiva de box; Coadyuvar con el Inspector designado por la autoridad correspondiente para que en los espectáculos de boxeo no se lleven a cabo apuestas, ni se atente contra la integridad física de los boxeadores, manejadores, auxiliares y demás involucrados; Entregar al final de cada función una bitácora relativa al desarrollo de la función de box que presidió, y Las demás que sean necesarias para el desarrollo debido de la función. CAPÍTULO IX LICENCIAS Y AUTORIZACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.