Artículo 17 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres ser boxeador o juez de box, necesitas sacar una licencia. Para obtenerla, debes cumplir estos requisitos: pasar los exámenes técnicos y médicos que ordene la Comisión de Box, tomar los cursos de actualización que pidan, pagar el costo del trámite, y tener entre 18 y 64 años cumplidos al solicitarla. Si ya pasaste de los 65 años, la Comisión puede darte la licencia solo si ven que tienes mucha capacidad y experiencia. También tendrás que cumplir con cualquier otro requisito que ellos decidan.
Texto oficial
Artículo 17. Los interesados en obtener la licencia que permita su debida participación como oficial o boxeador deberán cubrir los siguientes requisitos: Aprobar los exámenes técnicos que establezca la Comisión; Aprobar los exámenes médicos que establezca el Servicio Médico de la Comisión; Cubrir satisfactoriamente los cursos de capacitación de actualización que determine la Comisión; Cubrir el costo de expedición de la licencia, de conformidad con los Lineamientos que establezca la Comisión; Contar con dieciocho años cumplidos y ser menor de sesenta y cinco años de edad al momento de hacer la solicitud de la licencia; En caso de que el solicitante rebase el límite de edad requerido para el otorgamiento de la licencia, la Comisión podrá autorizar su expedición de manera excepcional, atendiendo a criterios de capacidad y experiencia, y Las demás que fije la Comisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.