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Artículo 26 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el dueño del evento no pudo avisar con tiempo a la gente sobre un cambio en el programa, tiene que poner avisos en las taquillas y en las puertas de entrada, además de que el anunciador lo diga por el micrófono. Si a ti no te gusta el cambio, puedes pedir que te devuelvan tu dinero en el momento. La empresa está obligada a poner esos avisos para que todos los vean.

Texto oficial

Artículo 26. Cualquier modificación al programa autorizado que no haya sido posible anunciar con anticipación al público, se dará a conocer mediante avisos fijados en las taquillas y puertas de acceso a la arena o cualquier otro en el que el todo el público lo pueda apreciar, así como por conducto del anunciador oficial. En caso de que algún espectador no estuviere conforme con el cambio, podrá reclamar de manera inmediata la devolución del importe de su boleto. Las empresas tendrán la obligación de fijar avisos en las taquillas y en las puertas de entrada al lugar del evento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.