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Artículo 27 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un evento como un concierto se cancela a la mitad porque hay riesgo para tu seguridad, salud o el orden público, la empresa no puede quedarse con el dinero de los boletos hasta que la Alcaldía decida qué hacer. La Alcaldía (que es el gobierno local que dio el permiso para el evento) debe analizar por qué se suspendió y resolver el caso en máximo 48 horas hábiles después de la suspensión. Esto es para proteger tu dinero mientras se aclaran las responsabilidades del problema, como si hubo fallas de la empresa o causas externas.

Texto oficial

Artículo 27. Cuando el espectáculo iniciado se suspenda por poner en peligro la seguridad, orden público o la integridad y salud de los Espectadores las Empresas no podrán disponer del importe de las entradas hasta que la Alcaldía encargada de otorgar el permiso para la celebración del espectáculo público resuelva lo procedente, para lo cual tomarán en cuenta todas las circunstancias que hubiesen mediado para la suspensión, en el concepto de que su resolución deberá dictarla dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la suspensión del espectáculo, en términos de lo establecido en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.