Artículo 38 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un boxeador no puede pelear porque se lastimó o tiene una razón muy seria, él o su representante deben avisar tanto a la empresa organizadora como a la Comisión de Boxeo. Si la Comisión verifica que la excusa es verdadera, puede permitir cambiar la pelea o cancelarla sin que el otro boxeador tenga derecho a cobrar la multa que marca el artículo anterior. Esto evita que te penalicen si de verdad no puedes pelear por una causa justa.
Texto oficial
Artículo 38. Los boxeadores o sus representantes están obligados a comunicar a la Empresa y a la Comisión su imposibilidad para participar en una función de boxeo previamente contratada en caso de incapacidad física o causas graves. Si la Comisión comprueba que el aviso es verídico, podrá autorizar el cambio de la pelea o la suspensión de la misma, sin que el boxeador contrario pueda exigir el pago de la indemnización a que se refiere el artículo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.