Artículo 37 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un boxeador (ya sea nuevo o con experiencia) dice que no puede pelear por una lesión o enfermedad, tiene que llevar un certificado médico oficial que saque la Comisión de Box. Si lleva un papel de su propio doctor, los médicos de la Comisión van a revisarlo y confirmarlo. No vale solo con que él lo diga, necesita el documento burocrático para demostrar que de verdad no puede. O sea, la Comisión decide si el problema físico es real o no.
Texto oficial
Artículo 37. Cuando un boxeador profesional o emergente alegue incapacidad física para cumplir los términos de un contrato deberá exhibir el certificado médico correspondiente, expedido por la Jefatura del Servicio Médico de la Comisión. Si presentara certificado de un médico particular, éste deberá ser ratificado por los médicos de la Comisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.