Artículo 69 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los oficiales solo pueden hacer lo que este Reglamento les permite y tienen que cumplir con lo que les ordena. No pueden actuar fuera de lo que dice este documento. Si el Reglamento no les da una facultad, no la pueden ejercer. Es como si tuvieran un manual con lo que sí y lo que no pueden hacer.
Texto oficial
Artículo 69. Los oficiales ejercerán sus funciones de acuerdo con las facultades y obligaciones que les señale el presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.