- Ley
- REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 71
Artículo 71 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el médico de la Jefatura del Servicio Médico no puede estar en una pelea de boxeo, debe nombrar a dos médicos auxiliares para que lo reemplacen. Esos doctores se encargan de las funciones médicas del cuadrilátero, como revisar a los boxeadores y atender cualquier emergencia. Esto asegura que siempre haya personal médico capacitado durante el combate. En pocas palabras, si el médico principal no puede, otros dos toman su lugar.
Texto oficial
Artículo 71. Cuando personal de la Jefatura del Servicio Médico de la Comisión no pueda fungir como médico de cuadrilátero designará a dos médicos auxiliares que, en su ausencia, lo sustituyan en la función de boxeo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.