Artículo 13 de la LEY DE ENTREGA RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un servidor público sale de su trabajo y entrega casos sin terminar o recursos que le asignaron, eso no lo libra de que lo puedan investigar o sancionar. Sigue siendo responsable si, durante su tiempo en el puesto, hizo algo mal (o dejó de hacer algo que debía) que incumplió las leyes o reglas aplicables. Esto aplica tanto para faltas administrativas como para otros tipos de responsabilidad (penal, civil, etc.). La simple entrega de los asuntos no borra lo que hizo o dejó de hacer mientras trabajaba.
Texto oficial
Artículo 13.- La entrega de asuntos inconclusos y de recursos encomendados al servidor público saliente no lo excluye de responsabilidad administrativa o de cualquier otra índole, por actos u omisiones que con motivo de sus (sic) empleo, cargo o comisión, constituyan inobservancia a los diversos ordenamientos jurídicos
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