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Artículo 24 de la LEY DE ENTREGA RECEPCIÓN DE LOS RECURSOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de la Contraloría General de la CDMX puede pedir la documentación que quiera hasta un año antes de que termine el gobierno de la ciudad, para preparar la entrega final. También puede ordenar medidas adicionales para que se cumpla esta ley.

Texto oficial

Artículo 24.- La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México tiene facultad para dictar las medidas complementarias para la observancia de esta Ley, así como para solicitar, desde un año antes, la documentación que considere necesaria para preparar la entrega final del Órgano Ejecutivo Local de la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.