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Artículo 7 de la LEY DE MEJORAMIENTO BARRIAL Y COMUNITARIO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, la Secretaría va a publicar un aviso oficial para que la gente pueda presentar sus ideas para mejorar su colonia, barrio, pueblo o unidad habitacional. Ese aviso lo van a poner en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en un periódico importante de la ciudad y también en el sitio de internet de la Secretaría. Ahí van a venir las reglas, fechas y pasos a seguir para que los vecinos puedan participar y proponer sus proyectos. Así todos tienen oportunidad de saber cómo y cuándo meter su propuesta.

Texto oficial

Artículo 7º.- Para la presentación de los proyectos de mejoramiento barrial y comunitario la Secretaría emitirá anualmente una convocatoria pública, la cual se dará a conocer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, en un diario de amplia circulación de esta entidad federativa y en el portal de internet de la Secretaría. En la convocatoria se establecerán los requisitos, plazos y procedimientos para que los habitantes de los barrios, colonias, pueblos y unidades habitacionales de la Ciudad de México presenten sus proyectos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.