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Artículo 29 Ter de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México debe darle dinero a las universidades públicas pensando en el futuro, no solo en el próximo año. Además, es obligatorio que en el presupuesto anual de la ciudad se incluya presupuesto para tres universidades específicas: la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, la Universidad Rosario Castellanos y la Universidad de la Salud. Para que estas escuelas puedan funcionar bien, el gobierno tiene que asegurarse de que tengan los recursos necesarios, siempre y cuando haya dinero disponible. Todo esto se debe hacer siguiendo lo que marca otra ley, la Ley General de Educación Superior.

Texto oficial

Artículo 29 Ter.- La asignación de recursos financieros a las universidades e instituciones públicas de educación superior se realizará con una visión de largo plazo; para tal efecto, las autoridades respectivas, en su ámbito de competencia, atenderán lo dispuesto en la Ley General de Educación Superior. Es obligatorio que en el Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México se asignen los recursos que, con sujeción a las previsiones de ingreso y gasto públicos permitan el desarrollo de las funciones de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, la Universidad Rosario Castellanos y la Universidad de la Salud. Artículo adicionado G.O. CDMX 02/06/23

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.