LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para toda la Ciudad de México y es de cumplimento obligatorio para todos. Su objetivo es regular la educación que da el gobierno de la ciudad, sus escuelas oficiales, y también las escuelas privadas que tengan permiso oficial. Todo esto debe seguir lo que dice la Constitución Mexicana, los tratados internacionales firmados por México, y otras leyes relacionadas. Las universidades que tienen autonomía se rigen por sus propias reglas, según lo que marca la Constitución y la Ley General de Educación Superior.
- Art. 2El artículo 2 solo sirve para definir las palabras que se usan en esta ley, como un diccionario. Por ejemplo, dice que "Alcaldías" son las oficinas de gobierno de cada zona de la Ciudad de México. También explica que "Acoso Escolar" es molestar o lastimar a un niño, niña o adolescente de forma repetida, ya sea física, emocional o sexualmente, dentro de la escuela o en actividades escolares. "Docente" es simplemente el maestro o la maestra que da clases y guía a los alumnos. "Educación Inclusiva" significa que todos los estudiantes tienen derecho a aprender sin ser discriminados, adaptando el sistema para que nadie quede fuera por sus diferencias.
- Art. 3Tener educación es un derecho humano que nadie te puede quitar, es una obligación muy importante del gobierno y además es un beneficio para todos, como el aire limpio. Sirve para que tú y la sociedad sean libres, puedan crecer y desarrollarse completamente durante toda la vida. Es una de las bases para que la Ciudad de México cambie y sea más democrática. También es la llave para que puedas ejercer tus otros derechos y libertades, siempre con justicia, respetando las diferencias y que nadie se quede fuera.
- Art. 4En la Ciudad de México, todas las personas tienen derecho a estudiar y aprender en cualquier tipo de escuela, nivel (como preescolar, primaria, secundaria, preparatoria o universidad) y modalidad (presencial o en línea). La educación pública en todos estos niveles es totalmente gratis. Además, deben recibir una enseñanza que se adapte a su edad, habilidades y necesidades especiales, y el gobierno debe asegurarse de que puedan quedarse en la escuela, avanzar de año y, si todo va bien, terminar sus estudios a tiempo. Solo tienen que cumplir con los requisitos que pida cada escuela según las reglas oficiales.
- Art. 5Las autoridades de educación de la Ciudad tienen que poner por delante los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes cuando se trata de su educación. Esto significa que deben asegurarse de que todos puedan entrar a la escuela, quedarse en ella y participar activamente, además de darles las mejores condiciones para que terminen sus estudios. Para lograrlo, tienen que crear planes y programas que cumplan con lo que dice la Constitución, y también tienen la obligación de cuidar a los estudiantes. Todo esto debe hacerse tomando en cuenta que los niños y jóvenes tienen derecho a participar y a desarrollarse plenamente.
- Art. 6La educación en la Ciudad debe tratar a todas las personas con respeto y dignidad, sin excepciones. Esto significa que se deben reconocer los derechos humanos de todos, incluyendo la igualdad real entre hombres y mujeres, además de respetar la diversidad sexual y de género. El objetivo es que cada persona desarrolle todas sus capacidades de manera equilibrada, fomentando el amor al país, a la naturaleza, el respeto a los derechos y libertades, la no discriminación, la paz y la solidaridad internacional. También se promueven valores como la honestidad, la buena convivencia y se busca mejorar siempre la enseñanza, incluyendo actividades artísticas, educación física y deporte. Por último, en todo el sistema educativo se debe aplicar la perspectiva de género de forma transversal, es decir, en todos los temas y áreas de estudio.
- Art. 6 BisEste artículo dice que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser ellos mismos sin que los limiten por su forma de vestir o verse. En las escuelas, ya sean del gobierno o privadas, se permite usar uniforme que no sea de hombre o mujer, es decir, pueden escoger si quieren usar pantalón o falda sin que los obliguen por su género. Además, las escuelas no pueden poner reglas que castiguen o limiten a los alumnos solo por su apariencia física, como el color de pelo, la ropa o cómo se ven.
- Art. 7Las autoridades educativas de la Ciudad de México tienen la obligación de dar educación en todos los niveles y tipos, siempre siguiendo lo que dicen la Constitución Federal, la Constitución local y las leyes de educación. Toda la educación pública debe ser gratuita, laica (sin religión), inclusiva (para todos), intercultural, de buena calidad y que ayude a reducir las diferencias entre las personas. La educación debe ser democrática y buscar que la gente conviva mejor. Entre los objetivos están: desarrollar las capacidades de los estudiantes con justicia social, fortalecer el amor a México y a la Ciudad, enseñar sobre derechos humanos, igualdad entre hombres y mujeres, y respeto a la diversidad sexual y familiar. También se busca fomentar el aprendizaje científico, el pensamiento crítico, y que los alumnos sepan aplicar lo que aprenden en su vida diaria, además de promover el ajedrez como actividad extracurricular para desarrollar habilidades sociales y mentales.
- Art. 8Este artículo dice que la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad es la encargada de aplicar la ley y asegurarse de que se cumpla. Todas las personas y organizaciones mencionadas tienen la obligación de seguir estas reglas, como las escuelas públicas, los maestros, los estudiantes, los papás o tutores, y las asociaciones de padres de familia. También aplica a escuelas privadas que tengan permiso oficial, e incluso a las que operan sin permiso, siempre y cuando lo marque otra ley. Por último, el Gobierno de la Ciudad puede agregar a otras instituciones que considere necesario.
- Art. 9La Secretaría (que es como la oficina de educación de la Ciudad de México) tiene varias tareas importantes. Su principal chamba es asegurarse de que todas las escuelas sigan las leyes de educación, tanto las federales como las locales, y que respeten cosas como que la educación pública sea gratis, laica (sin religión) y sin discriminación. También se encarga de diseñar cómo debe ser la educación en la ciudad, desde los más pequeños hasta los adultos y personas mayores, y planea, organiza y revisa que todo funcione bien en las escuelas. Además, trabaja con el gobierno federal para crear programas especiales como alfabetización, educación indígena y formación para el trabajo, y propone qué temas regionales y ambientales se deben enseñar en primaria y secundaria. Por último, también sugiere a las autoridades federales qué contenidos incluir en los libros y materiales educativos.
- Art. 10Este artículo simplemente dice quiénes y qué cosas forman parte del sistema educativo de la Ciudad de México. En lugar de solo hablar de escuelas, maestros y alumnos, la ley incluye a todos los que tienen que ver con la educación: los estudiantes, los padres de familia, los directores, los sindicatos, las universidades públicas como la UACM, y hasta los programas como PILARES. También entran en la lista los planes de estudio, los salones, los muebles, los equipos y los consejos de padres y maestros. Al final, aclara que el secretario de educación de la ciudad es quien está al frente de todo este sistema.
- Art. 11La educación en la Ciudad de México se divide en tres tipos: básica (primaria y secundaria), media superior (preparatoria) y superior (universidad). Dentro de cada tipo hay diferentes niveles, como grados escolares. También hay tres modalidades para estudiar: escolarizada (asistir a clases presenciales todos los días), no escolarizada (estudiar por tu cuenta sin ir a clases) y mixta (combinar lo presencial con lo independiente). Además, existen opciones como la educación abierta o a distancia, que te permiten estudiar sin horarios fijos. Por último, el gobierno de la ciudad debe usar tecnología, como internet y computadoras, para mejorar la educación.
- Art. 12El artículo dice que las escuelas desde los primeros años hasta la universidad pueden elegir cómo dar clases: de forma presencial todos los días (escolarizada), completamente en línea o por tu cuenta (no escolarizada), combinando clases en el salón y estudio independiente (mixta), o con horarios flexibles sin ir diario (abierta y a distancia). En pocas palabras, no todas las escuelas tienen que funcionar igual; pueden adaptarse a las necesidades de los alumnos.
- Art. 13Ninguna escuela, ya sea del gobierno o privada, puede contratar a un maestro o dejarlo dar clases si no tiene un título o documento oficial que demuestre que está capacitado para enseñar. Esto aplica desde el primer nivel de educación, que es la básica. En pocas palabras, para ser profesor necesitas tener un papel que compruebe que estudiaste y estás listo para dar clases.
- Art. 14La educación básica en México incluye desde la estimulación temprana (inicial), kínder, primaria y secundaria. Su objetivo es que niñas, niños y adolescentes aprendan cosas fundamentales y desarrollen habilidades, hábitos y valores que les sirvan para aprender por sí mismos durante toda la vida y explotar su creatividad. También se considera parte de este sistema a las escuelas de educación especial, como los Centros de Atención Múltiple.
- Art. 15El artículo 15 dice que la educación básica (desde kinder hasta secundaria) debe enseñarte matemáticas, lectura, escritura, historia, geografía, civismo, filosofía, un idioma extranjero y educación financiera. También te debe iniciar en las ciencias, hacerte entender la diversidad de idiomas y culturas de México y de tu entidad, y darte herramientas para conocer y practicar arte, cuidar tu cuerpo, tu sexualidad, prevenir enfermedades y adicciones, valorar a tu familia y respetar a las personas mayores. Además, te tiene que enseñar a proteger el medio ambiente, los recursos naturales y a los animales como seres que sienten, fomentar un estilo de vida saludable con deporte y salud bucal, y explicar la importancia de donar órganos, tejidos y sangre. Luego, la ley explica los niveles: la educación inicial es para niños menores de 3 años, y puede ser pública (del gobierno), privada (de particulares) o comunitaria (con ayuda del gobierno, alcaldías y familias). La educación preescolar tiene tres grados (de 3 a 6 años) y busca desarrollar su mente, emociones, relaciones y movimiento, además de enseñarles valores y habilidades según su edad. La primaria tiene seis grados y se enfoca en formar a los niños de manera completa y equilibrada. Finalmente, la secundaria tiene tres grados, profundiza en lo que viste en primaria y te prepara para la preparatoria o bachillerato.
- Art. 16El gobierno de la Ciudad, por medio de su Secretaría de Educación, va a crear las condiciones necesarias para que haya suficientes lugares en la educación inicial (la de los niños más pequeños, antes del kínder). También va a promover que los papás, las mamás o tutores quieran llevar a sus hijos a la escuela desde esa edad, y va a hacer todo lo posible para que los niños no dejen la escuela hasta terminar la primaria y la secundaria. Además, va a echarle la mano a quienes se hayan atrasado en sus estudios para que puedan ponerse al corriente.
- Art. 17La educación media superior, que incluye la preparatoria, la carrera técnica y otros estudios similares, ahora es obligatoria. Esto quiere decir que, además de la primaria y secundaria, también debes cursar este nivel. Esta educación abarca el bachillerato, el profesional técnico bachiller y programas equivalentes, así como la formación profesional que no pide tener bachillerato. En pocas palabras, el gobierno establece que es tu derecho y tu obligación estudiar después de la secundaria.
- Art. 18Este artículo dice que la educación media superior (preparatoria o bachillerato) debe darte herramientas para aprender por tu cuenta, como conocimientos, teorías y métodos. También busca que desarrolles valores basados en principios universales y nacionales, y que participes de forma crítica en problemas de la sociedad. Te prepara para ser un ciudadano responsable y solidario, y te capacita para entrar al mundo del trabajo, adaptarte a cambios productivos o seguir con estudios universitarios.
- Art. 19La Secretaría tiene la obligación de asegurar que todas las personas puedan estudiar la preparatoria o bachillerato, sin importar su género, origen o situación personal, y respetando que cada quien elija libremente su camino. Para lograrlo, va a hacer acuerdos con el gobierno federal, escuelas públicas y privadas, y también va a crear sus propias escuelas y programas. Todo esto es para que haya más lugares dónde estudiar y así cubrir la necesidad de educación en el estado. En pocas palabras, busca que nadie se quede sin oportunidad de cursar la media superior.
- Art. 20La Secretaría quiere que en las prepas del gobierno de la Ciudad se hagan cuatro cosas: Primero, que analicen los problemas de las Alcaldías, zonas pobres y comunidades cercanas, para ayudar a encontrar soluciones junto con las autoridades y dar a conocer la cultura. Segundo, que los maestros tengan título profesional y también estudien cómo enseñar, actualizándose siempre. Tercero, que les den facilidades a los maestros para que sigan estudiando o se especialicen en dar clases. Cuarto, que se apoye la educación abierta y a distancia, o sea, estudiar sin ir todos los días a la escuela.
- Art. 21Este artículo dice que el sistema de bachillerato del Gobierno de la Ciudad de México se compone de tres cosas. Primero, está el Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México, que es una institución especializada en dar clases de preparatoria, sobre todo en zonas donde hace falta más oferta educativa. Segundo, están los programas de bachillerato que directamente maneja la Secretaría de Educación de la ciudad. Y tercero, están los servicios de apoyo y asesoría que se dan a través de las Ciberescuelas, que son parte del Subsistema de Educación Comunitaria, para ayudarte si estás estudiando la prepa.
- Art. 22Después de la prepa (bachillerato) o estudios parecidos, tienes derecho a estudiar educación superior, que es obligatoria como dice la Constitución. Esto incluye carreras técnicas, licenciaturas, especialidades, maestrías y doctorados, además de opciones para salir antes de terminar la licenciatura. También abarca las escuelas normales donde se preparan maestras y maestros de todos los niveles. El objetivo es que aprendas lo más avanzado en ciencia, humanidades, ética y tecnología para ayudar al desarrollo de la Ciudad de México y el país. Las universidades deben enseñar, investigar y compartir conocimiento; además, se busca que puedas combinar el estudio con el trabajo para que agarres experiencia práctica en tu profesión.
- Art. 23La Secretaría va a trabajar junto con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología para que las universidades y escuelas de nivel superior sean más fuertes. También ayudará a que se haga más investigación en ciencias, humanidades y tecnología, y apoyará los posgrados y la divulgación de la ciencia. Además, va a impulsar que las universidades, con sus propias reglas, motiven a sus maestros e investigadores a dar clases, asesorar a estudiantes y hacer investigación o aplicar el conocimiento de forma creativa.
- Art. 24El Gobierno de la Ciudad de México, junto con el gobierno federal, puede crear universidades y escuelas profesionales. Esto lo hacen para cubrir lo que la gente necesita en temas de educación, trabajo y cultura. Así se aseguran de que haya más opciones de estudio para todos.
- Art. 24 BisEn la Ciudad de México hay dos universidades oficiales: la "Rosario Castellanos" y la Universidad de la Salud. También puede haber otras escuelas de nivel superior que cree el gobierno. Estas universidades tienen la facultad de dar o quitar títulos y grados a los alumnos que terminen sus carreras, siempre siguiendo las reglas que ellas mismas establezcan. También pueden anular un título si encuentran que no se cumplió con lo que marca la ley.
- Art. 25La Universidad Autónoma de la Ciudad de México puede tomar sus propias decisiones sin que el gobierno se meta, siempre y cuando siga las reglas de esta ley. Por ejemplo, puede elegir a sus jefes, crear sus planes de estudio y manejar su dinero como ella quiera, respetando la libertad de los maestros para enseñar y los alumnos para opinar. Todo lo que haga la universidad, desde cómo está organizada hasta cómo funciona, lo decide ella misma con sus propias reglas internas.
- Art. 26La Universidad “Rosario Castellanos” es una escuela pública de la Ciudad de México, creada para que más personas puedan estudiar carreras universitarias de calidad. Funciona como un organismo independiente, con su propio dinero y reglas, pero depende de la Secretaría de Educación local. Su trabajo es dar clases, investigar, compartir conocimiento y ayudar a la comunidad. Todo lo que hace se basa en las leyes que la regulan.
- Art. 27La Universidad de la Salud es como una escuela pública especial que se enfoca únicamente en carreras de medicina, enfermería y otros trabajos de salud. Esta escuela tiene su propio dinero y personalidad legal para funcionar, pero depende de la Secretaría de Salud de la Ciudad de México. Su objetivo es ofrecer estudios de calidad, modernos y adaptados a nuestra cultura, para cuidar la salud de las personas, las familias y la comunidad. Además de dar clases, también investiga enfermedades, difunde información útil y trabaja con la comunidad para ayudar a resolver problemas de salud. Todo lo que haga debe seguir las reglas y leyes que le corresponden.
- Art. 28Si estudias la licenciatura en una universidad pública de la Ciudad de México, tienes que hacer servicio social, tal como lo marcan las reglas de la ley. El servicio social es obligatorio para que puedas recibir tu título profesional cuando termines la carrera.
- Art. 29Cuando termines una carrera o un posgrado en una escuela que dependa de la Secretaría de Educación Pública (SEP) o en una escuela privada que tenga el reconocimiento oficial de la SEP, tu título o diploma lo firma el titular de esa Secretaría. Ese documento sirve en todo México, no importa en qué estado lo hayas obtenido. En pocas palabras, tu título será válido en todo el país si la escuela tiene el permiso de la SEP.
- Art. 29 BisLa Ciudad va a tener un grupo especial, llamado COEPES, que se encargará de coordinar todos los planes y programas de educación superior. Esto significa que esa comisión ayudará a que las escuelas, universidades y el gobierno trabajen juntos en estos temas. La creación y las reglas de este grupo siguen lo que dice la Ley General de Educación Superior a nivel nacional. En pocas palabras, es como un equipo local que organiza lo relacionado con la universidad y los estudios superiores en la Ciudad de México.
- Art. 29 QuáterEste artículo habla sobre un grupo especial de personas que van a ayudar a la Secretaría de Educación de la Ciudad de México. Este grupo se llama "órgano colegiado", que es un equipo donde varias personas se juntan para dar consejos, ideas y opiniones sobre cómo mejorar la educación media superior (como la preparatoria), la universidad, las ciencias, la tecnología y la innovación. Quieren que estos temas ayuden a que haya más progreso y bienestar tanto en la ciudad como en todo el país. Las personas que forman parte de este grupo vienen de escuelas públicas y privadas de nivel medio superior y superior, así como de centros de investigación. No les pagan por estar ahí, es un trabajo honorífico. La jefa o jefe de la Secretaría de Educación es quien preside este grupo, y los demás miembros deciden quién más puede entrar. También tendrán participación en otro grupo llamado COEPES, que es donde se coordinan los planes de educación superior. Para que todo funcione bien, el grupo va a tener su propio reglamento interno, que es como un manual de cómo deben trabajar. Este reglamento lo aprueban todos los miembros del grupo, pero la idea la propone el titular de la Secretaría.
- Art. 29 TerEste artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México debe darle dinero a las universidades públicas pensando en el futuro, no solo en el próximo año. Además, es obligatorio que en el presupuesto anual de la ciudad se incluya presupuesto para tres universidades específicas: la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, la Universidad Rosario Castellanos y la Universidad de la Salud. Para que estas escuelas puedan funcionar bien, el gobierno tiene que asegurarse de que tengan los recursos necesarios, siempre y cuando haya dinero disponible. Todo esto se debe hacer siguiendo lo que marca otra ley, la Ley General de Educación Superior.
- Art. 30El Gobierno de la Ciudad va a prohibir que en las escuelas haya discriminación, tanto de parte de los maestros como del personal administrativo. Para lograrlo, se van a tomar varias acciones: la primera es que todas las personas, sin importar su situación, puedan entrar a cualquier escuela, y para eso se harán reglas que eviten la discriminación. Por ejemplo, si alguien tiene una discapacidad, se adaptarán los espacios o materiales según lo que necesite cada persona. También se asegurará que los niños con discapacidad no paguen para entrar a escuelas públicas de educación inicial y que reciban atención especializada, sin que los rechacen o les pongan condiciones. Además, en las universidades se capacitará a profesionales para enseñar en sistemas como braille o lengua de señas, y se darán materiales y apoyos técnicos, como intérpretes o computadoras especiales, para que todos los estudiantes tengan una educación de calidad.
- Art. 31El artículo 31 dice que la educación inclusiva busca que todos los estudiantes puedan estudiar sin problemas, sin importar sus características. Para lograrlo, se deben quitar las barreras que impiden que entren, se queden, participen y aprendan en la escuela. También se deben eliminar las prácticas que discriminen, excluyan o separen a los alumnos por razones como su origen, discapacidad o condición. En pocas palabras, la escuela debe adaptarse para que nadie se quede fuera.
- Art. 32La Lengua de Señas Mexicana ya es oficial en la CDMX y es parte de nuestro patrimonio cultural. Si tienes discapacidad auditiva, tienes derecho a que te enseñen en esa lengua, en español o en tu lengua indígena, y tú decides en cuál prefieres recibir tus clases. También deben respetar tu lengua materna y enseñarte español como segunda lengua. El gobierno va a tener un registro de intérpretes certificados según el nivel escolar, y puede capacitar y dar certificados a maestros sordos para que den clases en los grados y materias que se necesiten.
- Art. 33La escuela también va a apoyar a los papás, mamás o tutores, dándoles capacitación y orientación sobre cómo ayudar a sus hijos. Si tu hija o hijo tiene alguna discapacidad, problemas graves para aprender, portarse o comunicarse, o si tiene habilidades muy especiales, la Secretaría puede darte pláticas y consejos para atenderlo mejor. Además, en las escuelas de la Ciudad de México van a ofrecer materias opcionales para aprender Lengua de Señas Mexicana, así los alumnos que quieran pueden tomarla y hacer más fácil la comunicación con compañeros que tengan problemas de audición.
- Art. 34Las escuelas y los servicios de educación especial no solo deben cumplir con lo que ya dice la ley general, sino también ayudar a que los alumnos aprendan a valerse por sí mismos. Su labor incluye atender problemas graves como dificultades para aprender, de conducta, emocionales, discapacidades múltiples o severas, y también a alumnos con talentos extraordinarios. Todo esto es para que todos los estudiantes tengan las mismas oportunidades de rendir bien en la escuela. Así se evita que sean ignorados, que abandonen sus estudios, que se atrasen o que sufran discriminación.
- Art. 35Si tienes alguna discapacidad o problemas severos para aprender, comportarte o comunicarte, las escuelas regulares de nivel básico (primaria y secundaria) deben recibirte y darte atención, pero sin impedir que también puedas ir a escuelas de educación especial si las necesitas. Todos los maestros y personal de escuelas en la Ciudad de México deben cumplir con las reglas de accesibilidad que marcan varias leyes de la ciudad, como las que protegen los derechos de personas con discapacidad, autismo, adultos mayores, niños y niñas, y las que combaten la discriminación y la violencia contra las mujeres. Además, las autoridades educativas deben ayudarte y darte facilidades para que sigas estudiando en la prepa o en la universidad si tienes alguna discapacidad.
- Art. 36Para identificar y ayudar a estudiantes con talentos excepcionales, los directores y maestros de las escuelas de la Ciudad deben seguir las reglas que pone la Autoridad Educativa Federal. Estas reglas incluyen cómo hacer una evaluación para detectar a esos alumnos, qué métodos de enseñanza usar, y cómo otorgarles certificados o reconocimientos. Esto aplica desde la primaria y secundaria hasta la preparatoria y la universidad, incluyendo las escuelas normales. En pocas palabras, las escuelas tienen que seguir un mismo plan para apoyar a los estudiantes más brillantes.
- Art. 37La Secretaría de Educación va a ayudar para que las personas adultas y las personas mayores puedan entrar a las escuelas del sistema educativo de la Ciudad. También va a dar a conocer de forma masiva los planes de estudio que están hechos especialmente para ellos. Además, les va a enseñar a usar computadoras, internet y redes sociales. Esto es para que nadie se quede fuera de la educación, sin importar la edad.
- Art. 38El gobierno de la ciudad tiene la obligación de asegurar que todas las personas indígenas, afromexicanas, migrantes y trabajadores del campo tengan acceso a la educación, la cultura y el uso de su propia lengua. Además, debe apoyar que se conozcan, valoren y preserven las lenguas indígenas, tanto habladas como escritas. Esto incluye usarlas para enseñar, comunicarse y como una fuente importante de conocimiento. En otras palabras, el gobierno no solo protege estos derechos, sino que también promueve que las lenguas indígenas sigan vivas y se sigan usando en la vida diaria.
- Art. 39El Gobierno de la Ciudad tiene la obligación de dar educación a los pueblos indígenas, cuidando que se conserven sus tradiciones, costumbres y valores. La Secretaría de Educación irá haciendo los cambios necesarios poco a poco para adaptarse a las lenguas y formas de vida de cada grupo indígena, ayudando a que no sean discriminados y estén incluidos. También puede coordinar escuelas comunitarias de nivel básico y medio superior, para que los indígenas, incluso los que viven fuera de sus comunidades, puedan estudiar y hacer deporte en su propia lengua y cultura. Además, se asegurará de que en todo el sistema educativo se respeten sus derechos lingüísticos. Por otro lado, los pueblos, barrios y comunidades pueden ponerse de acuerdo con las autoridades para crear sus propias escuelas donde enseñen en sus lenguas y según sus métodos de aprendizaje.
- Art. 40La Secretaría de Educación va a crear programas bilingües en escuelas para enseñar la historia y costumbres de los pueblos indígenas y barrios originarios, con el fin de que todos sean incluidos y nadie sea discriminado. Los maestros de educación indígena que no tengan título de licenciatura (es decir, carrera universitaria completa) tendrán que tomar cursos de capacitación que el gobierno les diseñe. Además, deberán demostrar que hablan bien tanto la lengua indígena de la comunidad donde enseñan como el español.
- Art. 41El artículo 41 dice que la educación para adultos (personas de 15 años o más) es un derecho que tienes para estudiar a lo largo de toda tu vida, especialmente si no terminaste la primaria o la secundaria. También busca ayudarte a que puedas entrar a la preparatoria o la universidad si así lo deseas. Para lograrlo, el gobierno te ofrece servicios como clases de alfabetización (aprender a leer y escribir), primaria, secundaria y cursos de capacitación para el trabajo, todo adaptado a tus necesidades. Además, la sociedad y las comunidades deben apoyar y participar para que esta educación funcione mejor.
- Art. 42La Secretaría, junto con el gobierno federal, va a dar clases para adultos en tres formas: presencial, abierta y a distancia. Esto incluye enseñar a leer y escribir, y también los niveles de primaria y secundaria. Si estudias en el sistema abierto o a distancia, esos estudios cuentan como oficiales, igual que si fueras a una escuela normal. Puedes aprobar materias o todo el grado presentando exámenes, ya sea por partes o completos, según las reglas que apliquen.
- Art. 43Las personas mayores tienen los mismos derechos, garantías y servicios educativos que cualquier otra persona según esta ley. Eso significa que pueden estudiar, recibir becas o apoyos, y acceder a programas escolares sin que los discriminen por su edad. Todos los beneficios que la ley da a los estudiantes aplican también para ellas.
- Art. 44El gobierno de la ciudad debe tener programas fijos para ayudar a personas adultas y de la tercera edad a estudiar. También tiene que darles facilidades a sus propios empleados para que terminen la primaria, secundaria o prepa. Si eres estudiante avanzado de una carrera y ayudas de manera voluntaria a enseñar a adultos (después de recibir capacitación), ese tiempo te lo pueden contar como servicio social. Además, el gobierno puede crear reglas para certificar conocimientos y habilidades que sirvan para conseguir trabajo, con sus respectivas formas de evaluación.
- Art. 45El Gobierno de la Ciudad puede crear reglas especiales sobre la capacitación para el trabajo, sin meterse con lo que ya hace la autoridad educativa federal. Estas reglas sirven para definir qué conocimientos, habilidades o destrezas se pueden certificar de manera oficial. También incluyen los pasos para evaluar si alguien cumple con lo que se pide. Todo esto debe hacerse según lo que dice la Ley General de Educación.
- Art. 46La Secretaría puede hacer acuerdos con escuelas, empresas, sindicatos, organizaciones sociales, jefes y otros grupos para que ellos den cursos de capacitación para el trabajo. Esto siempre debe cumplir con lo que dicen la Ley General, la Ley Federal del Trabajo y otras reglas que apliquen. En pocas palabras, el gobierno puede pedir ayuda a particulares para enseñar oficios, pero todo tiene que hacerse conforme a la ley. Esta regla está en la parte de servicios educativos que se dan fuera de la escuela.
- Art. 47Este artículo dice que la Secretaría de Educación (o la dependencia encargada) va a crear y ofrecer cursos y actividades fuera del horario escolar, en colonias, barrios y pueblos de la Ciudad. Lo que hará será: 1) formar grupos de aprendizaje que se adapten a lo que la comunidad necesita, enseñando desde oficios hasta arte y ciencia; 2) poner centros comunitarios bien equipados para que esos grupos funcionen, con servicios de cultura, deportes y recreación; 3) fomentar el respeto por las lenguas indígenas y la educación intercultural; 4) rescatar las costumbres y el patrimonio de cada comunidad y darlos a conocer a todos; 5) crear programas de salud, sobre todo para concientizar sobre el cáncer de mama cada octubre; 6) enseñar a cuidar el medio ambiente y a los animales como seres que sienten; y 7) todo lo demás que ayude al desarrollo completo de las personas.
- Art. 48Los PILARES son lugares públicos que están abiertos a todas las personas que vivan, sean vecinas o estén de paso en la Ciudad. Ahí puedes acceder sin costo a servicios de educación, cultura, deporte y formación para sentirte bien. Son espacios gratuitos que te ayudan a ejercer tus derechos, como el de aprender, divertirte o cuidar el medio ambiente. Funcionan como una red de servicios conectados entre sí para que tengas opciones cerca de tu casa. En pocas palabras, son centros comunitarios donde encuentras actividades útiles sin pagar nada.
- Art. 49El artículo 49 dice que los PILARES (que son centros comunitarios donde se ofrecen actividades educativas, culturales y deportivas) y toda la gente que trabaja ahí, junto con los programas sociales, pasan a formar parte del sistema educativo de la Ciudad de México como un Subsistema de Educación Comunitaria. Esto significa que se les reconoce oficialmente como parte de la educación de la ciudad, pero enfocada en la comunidad. Todo esto se basa en respetar los derechos humanos, la igualdad real entre hombres y mujeres, tomar en cuenta las diferencias de cada zona de la ciudad, incluir a todos sin discriminar, y darle prioridad a la gente que está en situaciones más difíciles o vulnerables.
- Art. 49 BisEl Subsistema de Educación Comunitaria es como una oficina especial que depende de la Secretaría de Educación, pero con cierta independencia para funcionar. Su jefe o jefa es elegido y puede ser quitado directamente por la persona que encabeza el Gobierno de la Ciudad de México. Esta oficina solo puede hacer lo que le indiquen las reglas internas del gobierno de la ciudad. En pocas palabras, no es una institución independiente, sino una parte del gobierno que tiene tareas específicas.
- Art. 49 TerEste artículo explica que el programa "PILARES" va a tener un grupo de personas (llamado Comité Consultivo) que ayudará a que funcione mejor. Este grupo estará formado por los jefes de varias dependencias del gobierno de la Ciudad de México, como las secretarías de Cultura, de Salud y del Trabajo. El jefe de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación será el que presida las reuniones, y si no puede ir, lo sustituirá el responsable del propio programa PILARES. Además, se puede invitar a otros jefes de otras oficinas a las juntas, pero ellos solo podrán dar su opinión, sin derecho a voto. Finalmente, todas las reglas sobre cómo y cuándo se reúne este comité estarán escritas en un reglamento interno que ellos mismos aprobarán.
- Art. 50El Gobierno de la Ciudad se encargará de darle dinero a algo (el texto no especifica a qué, solo dice "su operación") para que pueda funcionar, pero siempre tiene que ajustarse a lo que ya está planeado para los ingresos y gastos del gobierno. Además, todo ese proceso se tiene que manejar siguiendo las leyes y reglas que ya están establecidas.
- Art. 51La Secretaría (la dependencia del gobierno que maneja el proyecto) puede firmar acuerdos de trabajo con otras dependencias del gobierno federal o local, con escuelas y centros de investigación, y con empresas o grupos privados. Esto lo hace para que la Red de PILARES (los centros comunitarios) funcione más fácil, cumpla mejor su labor y logre sus objetivos.
- Art. 52La Red de PILARES tiene varios propósitos que buscan mejorar la vida de todas las personas en la Ciudad. Entre ellos, ayudar a que se reconozcan y ejerzan tus derechos humanos, como la educación, la salud, la cultura, el deporte, el trabajo y el bienestar. También quiere impulsar una educación completa para todos, incluyendo la investigación y el aprendizaje de diferentes saberes y culturas, especialmente para comunidades indígenas. Además, ofrece opciones de formación artística, deportiva y de capacitación para que puedas conseguir trabajo, emprender tu propio negocio o aprender sobre comercio digital. Finalmente, busca reducir la violencia y la delincuencia al darte espacios públicos para convivir y aprender, y apoya la inclusión de personas con discapacidad, autismo, de la diversidad sexual, y de quienes vienen de otros lugares como migrantes o refugiados.
- Art. 53Todas las personas que vivan, tengan su casa o simplemente anden en la Ciudad de México pueden inscribirse para usar los espacios y equipos de cualquier PILAR (que son centros comunitarios con actividades gratuitas). También tienen derecho a recibir los servicios que ahí se ofrezcan. No importa si eres de la zona o solo estás de paso, todos podemos participar. Esto aplica para cualquier PILAR que exista en la ciudad.
- Art. 54Este artículo explica que los centros llamados PILARES pueden ofrecer diferentes servicios, ya sea todos o solo algunos. Entre ellos están una ciberescuela para estudiar la primaria, secundaria o preparatoria, y una Escuela de Código para aprender programación básica, intermedia o avanzada. También dan educación para que las personas, especialmente las mujeres, aprendan a generar sus propios ingresos con talleres de oficios, uso de herramientas, cooperativas y comercio en internet. Además, ofrecen talleres de arte y cultura para fomentar la creatividad, y actividades deportivas y de recreación para la comunidad. Por último, el Comité Consultivo puede agregar otros servicios cuando lo considere necesario.
- Art. 55Los PILARES (que son centros comunitarios de la Ciudad de México) pueden dar sus servicios y hacer actividades sin que tengas que ir físicamente a ellos. Usan distintos medios como la radio, la televisión o el Internet para que puedas acceder desde donde estés. Por ejemplo, pueden dar clases, talleres o pláticas en línea o transmitirlos por estos canales. Esto aplica para todo lo que ofrezcan estos centros, siempre que sea a distancia.
- Art. 56En los PILARES se ofrecen actividades para mejorar tu vida diaria: te enseñan a comer saludable y usar bien los comedores comunitarios. También aprendes a cuidar el ambiente instalando cosas como sistemas de agua de lluvia o huertos urbanos en tu casa. Te ayudan a resolver problemas sin violencia y a reconocer situaciones de agresión para reducirlas. Además, trabajan en tus habilidades físicas, emocionales y digitales para que crezcas en todos los sentidos. Por último, educan a mujeres y jóvenes sobre cómo prevenir el cáncer de mama, de cuello uterino, el virus del papiloma humano y el cáncer de próstata.
- Art. 57El artículo 57 dice que los PILARES tendrán estos programas, pero no son los únicos, pueden haber más. El primero es Ciberescuelas, que da apoyos económicos a los maestros y talleristas que dan clases o actividades ahí. El segundo, Educación para la autonomía económica, apoya a los facilitadores que enseñan oficios, emprendimiento y comercio digital. El tercero es la Beca PILARES, que da dinero a jóvenes de 15 a 29 años que ya terminaron la secundaria y están en asesorías para certificar la primaria, secundaria o prepa, y también a los de 18 a 29 años que estudian en universidades públicas de la Ciudad. El cuarto, Ponte Pila, promueve actividades recreativas y deportivas para grupos que necesitan atención especial. Además, la Secretaría puede crear, cambiar o cancelar programas según lo que se necesite y el presupuesto que haya, y cada año publica las reglas para participar.
- Art. 58El artículo 58 dice que, además de las escuelas normales (como primarias, secundarias y preparatorias), existen escuelas con funciones especiales. Por ejemplo, están las que ayudan a personas que estuvieron en la cárcel a reintegrarse a la sociedad, las que apoyan a quienes tienen problemas de adicciones, las de educación especial para personas con discapacidad, y las que enseñan artes, oficios o industrias. En resumen, son planteles que atienden necesidades específicas de ciertos grupos de personas, no las escuelas regulares donde va la mayoría.
- Art. 58 BisEn la Ciudad, todas las personas tienen derecho a usar, aprender y desarrollar la ciencia y la tecnología. El Gobierno va a hacer más fácil que puedas acceder a estos conocimientos, investigar libremente y disfrutar de los beneficios que traen. Las reglas sobre cómo funciona todo esto se basan en la ley general del país, pero también aplican algunas reglas especiales que están en esta ley de la Ciudad.
- Art. 58 QuáterEl gobierno de la Ciudad, junto con escuelas y universidades públicas, tiene que apoyar la investigación en ciencia, tecnología, humanidades e innovación. Para lograrlo, deben fomentar estudios básicos y aplicados, ayudar a los grupos que investigan, y capacitar a más personas con becas de maestría y doctorado. También tienen que promover que niños y jóvenes se interesen por la ciencia, y hacer que la información científica sea más fácil de entender y llegar a todo el mundo. Además, se deben crear programas de posgrado que combinen diferentes instituciones, y si hay presupuesto, dar apoyos económicos para que más estudiantes puedan especializarse.
- Art. 58 TerLa Secretaría (la dependencia del gobierno de la Ciudad de México encargada del tema) va a apoyar y promover proyectos de investigación en ciencias, humanidades, tecnología e innovación. Esto lo hará junto con otras autoridades que también tengan que ver con el asunto. La idea es que esos estudios ayuden a resolver problemas de la ciudad, como mejorar la economía, el bienestar de la gente y reducir las desigualdades. En pocas palabras, buscan que la ciencia y la tecnología sirvan para hacer de la Ciudad un lugar más justo y mejor para todos.
- Art. 59La Secretaría de Educación de la Ciudad, junto con el Consejo de Participación Escolar, puede dar su opinión sobre los planes y contenidos de estudio que la autoridad federal decida para las escuelas de nivel básico y para la formación de maestros. También, la Secretaría puede sugerirle a la autoridad federal que incluya materias especiales de la Ciudad, como su historia, geografía y tradiciones, para que los estudiantes las conozcan mejor.
- Art. 60La Secretaría de Educación debe diseñar los planes de estudio tomando en cuenta varias cosas: primero, definir qué conocimientos y habilidades debe tener cada estudiante según su nivel escolar (primaria, secundaria, etc.). Segundo, establecer los temas básicos que todos deben aprender para pasar de año, usando los resultados de investigaciones educativas y siguiendo lo que diga la autoridad federal. También tienen que considerar lo que los alumnos necesitan para su desarrollo personal y social, así como lo que requiere la economía y la cultura de la Ciudad. Además, deben asegurarse de que las materias tengan orden y relación entre sí, recomendar los mejores materiales de estudio y las estrategias de enseñanza más efectivas. Por último, deben definir cómo evaluar si los estudiantes cumplieron los objetivos, e incluir el uso de tecnologías como internet o computadoras según el nivel escolar.
- Art. 61El artículo 61 dice que los planes de estudio deben ayudar al estudiante a desarrollar conocimientos, actitudes, habilidades y destrezas según su nivel escolar. Esto significa que lo que aprendes debe tener un orden y estar bien conectado para que tenga sentido. También deben usar métodos de enseñanza, materiales y formas de evaluación que sean los más adecuados para cada caso. En pocas palabras, la escuela debe asegurarse de que todo lo que te enseñan esté bien planeado y te sirva para aprender de verdad.
- Art. 62Los planes de estudio que haga la autoridad educativa federal, los cambios que la Secretaría de Educación haga por ley, y los planes de las escuelas que dependan de ella, deben publicarse en el periódico oficial del estado. Eso significa que la gente puede consultarlos fácilmente para saber qué se va a enseñar.
- Art. 63El artículo 63 dice que todos los planes de estudio en las escuelas de la Ciudad de México deben basarse en valores importantes. Esto incluye respetar los derechos humanos, tratar a mujeres y hombres por igual, cuidar el medio ambiente y el agua, y proteger a los animales porque también sienten dolor. También se deben tomar en cuenta la inclusión, la no violencia, la paz, y que jóvenes, maestros, autoridades y familias participen en el diálogo. En pocas palabras, las escuelas tienen que enseñar con respeto y responsabilidad hacia todos.
- Art. 64Las personas que dan clases deben organizar actividades para que sus alumnos aprendan lo más posible y también deben participar en eventos del calendario cívico escolar, como fechas patrias o conmemoraciones. Todo esto lo tienen que hacer para cumplir con los objetivos de educación que vienen en la Constitución del país, la de tu estado, la Ley General y esta misma ley. En otras palabras, los maestros tienen que planear sus clases y actividades pensando en lo que más les sirva a los estudiantes y siguiendo las reglas educativas que ya están establecidas.
- Art. 65La Secretaría de Educación tiene que darles a las escuelas públicas todos los materiales necesarios para que los maestros puedan enseñar bien. Esto aplica para la educación básica, especial, de adultos y para indígenas. Al inicio del ciclo escolar, las autoridades educativas deben entregarles a los alumnos los libros de texto gratuitos de cada materia. Además, aunque ya estén los libros y otros materiales del gobierno federal, la Secretaría puede crear sus propios apoyos extra para ayudar a que los estudiantes aprendan mejor lo que marca el plan de estudios.
- Art. 66Para hacer los planes y programas de estudio que le tocan, la Secretaría de Educación tiene que escuchar y tomar en cuenta lo que digan los maestros, los titulares de las Alcaldías de la Ciudad, el Consejo de Participación Escolar (que son padres, maestros y alumnos que opinan sobre la escuela), y también cualquier persona o grupo que participe dando servicios educativos en la entidad. Esto significa que no pueden decidir solos, sino que deben pedir opiniones y considerarlas antes de definir qué y cómo se estudia.
- Art. 67La Secretaría de Educación va a buscar nuevas formas de enseñar y aprender para que en las escuelas de la Ciudad cada vez sea mejor. Para lograrlo, puede hacer acuerdos con escuelas o centros que sean expertos en este tipo de métodos. Esto significa que van a apoyar a los maestros y alumnos con ideas innovadoras, no solo con lo de siempre. Si hay algún lugar especializado que ya haya demostrado que su forma de enseñar funciona, la Secretaría puede trabajar con ellos.
- Art. 68Las escuelas públicas que maneja el gobierno federal o de la Ciudad, y también las privadas que tienen permiso oficial, son lugares súper importantes para la educación. Según la Ley General, estas escuelas también deben servir como centros donde la comunidad pueda aprender cosas nuevas.
- Art. 69Este artículo dice que todos los terrenos, edificios, muebles y servicios que se usan para dar clases, ya sean de escuelas públicas o privadas con permiso oficial, forman parte del sistema educativo de la Ciudad. Eso no significa que los dueños de las escuelas privadas pierdan sus derechos de propiedad, solo que deben seguir las reglas. Tanto las escuelas públicas como las privadas tienen que cumplir con los requisitos mínimos que pongan las autoridades educativas federales y locales. La idea es garantizar una educación de excelencia, justa y para todos.
- Art. 70El gobierno de la Ciudad va a crear un sistema que guarde y organice toda la información sobre los edificios de las escuelas públicas (como aulas, baños y patios). Con esa información se harán diagnósticos para saber en qué estado están, y así poder planear acciones de seguridad, protección civil y mantenimiento. Las reglas de cómo va a funcionar ese sistema, cómo se va a actualizar y cómo se va a usar, las va a poner la autoridad educativa federal junto con el gobierno de la Ciudad. En pocas palabras, es un registro de las condiciones de las escuelas para mantenerlas seguras y en buen estado.
- Art. 71El artículo 71 dice que, para construir, arreglar, mantener o mejorar las escuelas públicas de la Ciudad de México, el Gobierno de la Ciudad tiene que coordinarse con la Autoridad Educativa Federal y con ayuda de los Comités Escolares de Administración Participativa (que son grupos de padres, maestros y directivos que cuidan la escuela). Todo esto lo harán siguiendo las reglas que marca la Ley General de Infraestructura Educativa, que es una ley federal que dice cómo se deben hacer estos trabajos en las escuelas. En pocas palabras, el gobierno local y el federal trabajan juntos para que las escuelas estén en buen estado, pero siempre respetando lo que dice la ley.
- Art. 72Este artículo dice que todas las escuelas, tanto públicas como privadas que tengan permiso oficial, deben cumplir con todas las reglas para funcionar y tener su propio plan de emergencias, llamado Programa Interno de Protección Civil. Si ocurre un desastre, la prioridad será reparar o reconstruir las escuelas públicas de la Ciudad de México, y tanto el gobierno federal como el de la ciudad cooperarán para hacerlo, según el dinero disponible y un estudio de los daños. Además, la Secretaría de Educación tendrá que asegurarse de que las clases no se interrumpan, usando lo que tenga a su alcance para que los alumnos sigan estudiando.
- Art. 73En las escuelas que estén en zonas de la Ciudad de México donde no llegue suficiente agua de la llave, las autoridades trabajarán con el Sistema de Aguas de la Ciudad para poner sistemas que aprovechen el agua de lluvia. Esto significa que se buscará instalar cosechadores de lluvia para que los alumnos tengan más agua disponible. La idea es que las escuelas puedan usar esa agua para lo que necesiten, como baños o riego. Esto aplica solo para planteles particulares, según el capítulo de educación privada.
- Art. 74Cualquier persona puede dar clases o crear escuelas en cualquier nivel educativo, desde inicial hasta universidad, siempre y cuando siga las reglas de la Constitución y las leyes. Para dar educación inicial, preescolar, primaria o secundaria, necesitas pedir un permiso especial a la Secretaría de Educación antes de empezar. Si quieres dar otros tipos de estudios, como preparatoria o carreras, puedes solicitar que el gobierno reconozca oficialmente tus cursos, lo que se llama "validez oficial". Ese permiso o reconocimiento es solo para el plan de estudios que pediste; si quieres ofrecer algo diferente, necesitas tramitar otro. Una vez que obtienes ese reconocimiento, tu escuela pasa a formar parte del sistema educativo de la Ciudad.
- Art. 75La Secretaría solo te da el permiso oficial para abrir una escuela si cumples con todo lo que pide la ley y además tienes: maestros con estudios suficientes para dar clases, instalaciones limpias, seguras y con buena infraestructura, un plan para prevenir accidentes y atender emergencias, y, en el caso de estudios que no sean primaria, secundaria o formación de maestros, programas de estudio aprobados por la autoridad. Si quieres abrir un nuevo plantel, necesitas pedir otro permiso aparte. Todo esto es para asegurar que la escuela sea segura y de calidad.
- Art. 76Cada año, las autoridades educativas de la Ciudad deben publicar una lista de las escuelas que tienen permiso oficial para dar clases, tanto en el periódico local como en el sitio web de la Secretaría de Educación. También tienen que avisar cuando agregan una nueva escuela a esa lista o cuando quitan a alguna, ya sea porque le dieron el permiso, se lo cancelaron o se lo retiraron. Así puedes saber si una escuela está legalmente reconocida para que tus estudios tengan validez oficial.
- Art. 77Si eres un particular (una persona o empresa) das clases con permiso oficial, tienes que cumplir varias reglas. Primero, debes seguir lo que dice la Constitución y las leyes de educación. También tienes que usar los planes de estudio que aprueben las autoridades. Además, estás obligado a dar becas a por lo menos el 5% de tus alumnos, y esas becas pueden ser descuentos en inscripciones o colegiaturas, sin que puedas pedir nada a cambio al estudiante. Cada seis meses, debes reportar a la Secretaría de Educación cómo te va, incluyendo números y detalles de tu escuela. Por último, tienes que dejar que las autoridades te evalúen e inspeccionen, mostrar en tus documentos que estás registrado oficialmente, y capacitar a tus maestros en temas de derechos humanos, igualdad y contra la discriminación.
- Art. 78Este artículo dice que las autoridades educativas (como la SEP) que te dieron permiso para abrir una escuela o reconocieron tus estudios tienen derecho a revisar que todo esté en orden. Cuando vayan a hacer una inspección, deben llevar una orden por escrito que explique a dónde van, cuándo y qué van a revisar. La persona que haga la visita tiene que mostrar su identificación oficial. Al final, se levanta un acta (un documento) que firman todos los presentes y dos testigos; si el dueño de la escuela no quiere firmar, eso no invalida el acta, y a él le toca una copia. Además, si la escuela no está de acuerdo con algo de la inspección, puede entregar documentos que lo aclaren dentro de los cinco días hábiles siguientes.
- Art. 79Si la Secretaría de Educación determina que una escuela de educación inicial, preescolar, primaria o secundaria violó las leyes educativas, puede quitarle la autorización para funcionar. Para hacerlo, tiene que seguir las reglas del proceso administrativo que marca la ley de la Ciudad de México. Esto significa que no puede cerrar una escuela así nomás, sino que debe cumplir ciertos pasos legales.
- Art. 80Si un permiso que el gobierno le dio a una escuela privada para funcionar se revoca (es decir, se cancela) cuando ya empezó el ciclo escolar, la Secretaría de Educación decide en qué momento esa escuela debe cerrar. La idea es que los alumnos puedan terminar su año escolar sin problemas y, si es necesario, ayudarlos a cambiarse a otra escuela.
- Art. 81Si te inconformas con una decisión que tome la autoridad educativa sobre si te da o no la validez oficial de tus estudios, o sobre algún trámite relacionado, tienes dos opciones: puedes presentar un recurso de inconformidad (que es como una queja formal ante la misma autoridad) o puedes demandar ante el juez que corresponda. Ambas vías son válidas para defender tus derechos.
- Art. 82Los particulares que den clases sin que el gobierno reconozca oficialmente sus estudios tienen que decirlo con claridad en todos sus documentos y anuncios. Esto aplica para escuelas, cursos o talleres que no tengan validez oficial. La información debe ser honesta para que no engañes al público haciéndoles creer que sus estudios tienen validez del gobierno.
- Art. 83Si das clases en línea o a distancia por cualquier medio (como radio, tele, internet), y esos cursos no necesitan permiso del gobierno ni dan un certificado oficial, tienes que seguir las reglas que ponga la Secretaría de Educación Pública. También debes cumplir con las leyes que apliquen según el medio que uses, por ejemplo, las de telecomunicaciones o internet. En pocas palabras, aunque no sea un curso con validez oficial, aún tienes obligaciones legales que cumplir.
- Art. 84Las autoridades educativas de la Ciudad tienen que asegurarse de que todas las personas puedan estudiar en igualdad de condiciones, sin importar su situación. Para lograrlo, deben poner atención especial en los grupos que están más jodidos o en zonas donde hay más rezago escolar y marginación. Esto significa que tienen que hacer programas o apoyos para que los que están en desventaja puedan entrar y mantenerse en la escuela. La idea es que nadie se quede fuera por problemas económicos o sociales.
- Art. 85El gobierno de la Ciudad, por medio de la Secretaría de Educación, tiene la obligación de que las escuelas públicas siempre estén mejorando. Esto significa que deben buscar que los alumnos aprendan al máximo, tengan maestros bien preparados y estudien en instalaciones adecuadas. También es necesario que los planes de estudio sean útiles para lo que necesita la Ciudad y el país, y que se usen materiales y tecnología que ayuden a los estudiantes a formarse de manera completa y equilibrada.
- Art. 86El Artículo 86 dice que la Secretaría de Educación va a poner en marcha varios proyectos y acciones para que todos tengan las mismas oportunidades de entrar a la escuela, quedarse en ella, terminarla a tiempo y obtener buenos resultados, pero solo si hay presupuesto y capacidad para hacerlo. Entre las acciones están: crear formas de ingreso que se adapten a las necesidades de cada comunidad para que niñas, niños y jóvenes puedan inscribirse; dar materiales de estudio (libros, cuadernos, etc.) a todos los alumnos de primaria y secundaria; apoyar y aumentar las escuelas con horario extendido, dando preferencia a hijos de mamás solteras o que trabajan; y también apoyar guarderías, albergues escolares y centros de desarrollo infantil. Además, deben poner servicios públicos básicos (como agua y luz) en todas las escuelas, atender la seguridad y protección civil en los planteles, y crear centros especiales para niños en situación de calle, casas para estudiantes indígenas y bibliotecas con libros, videos y recursos digitales. Por último, tienen que ofrecer cursos sobre derechos humanos, igualdad y contra la discriminación para eliminar estereotipos y prejuicios hacia grupos que necesitan atención especial.
- Art. 87El Gobierno de la Ciudad va a mejorar la educación pública para que más personas puedan entrar, quedarse y terminar sus estudios en escuelas públicas. Para lograrlo, va a usar programas de apoyo que manejan distintas oficinas del gobierno y las Alcaldías, según lo que decida el Jefe de Gobierno. El gobierno está obligado a pagar estos programas y su presupuesto debe aumentar cada año al menos lo que subió la inflación el año anterior. Además, los programas deben incluir ajustes especiales para personas con discapacidad o que tienen pocos recursos económicos, cuando no haya escuelas públicas cerca y corran el riesgo de quedarse sin estudiar. Finalmente, el Gobierno de la Ciudad puede crear, cambiar, juntar o quitar estos programas cuando lo considere necesario.
- Art. 88Los programas que se mencionan en esta sección deben tener reglas claras de cómo funcionar, y esas reglas se publican cada año en la gaceta oficial de la Ciudad de México para que cualquiera las pueda consultar. Además, estos programas se revisan de vez en cuando para ver si están cumpliendo su objetivo, tal como lo marca la ley. Al operar, deben seguir principios como tratar a todas las personas por igual, sin importar su género, ayudar a quienes más lo necesitan, incluir a todos sin dejar a nadie fuera, ser transparentes y proteger tu información personal.
- Art. 89La Secretaría está obligada a garantizar estos derechos: el programa "La Escuela es Nuestra" da dinero cada año a escuelas públicas de primaria y secundaria para que los padres de familia, junto con las autoridades, lo usen en mantenimiento. Quienes manejen o vigilen los proyectos se eligen por voto de los papás. También está la Beca "Bienestar para niñas y niños", que da un apoyo mensual por cada estudiante de preescolar a secundaria en escuelas públicas, por al menos 10 meses, y el monto no puede ser menor al del año anterior. Las otras partes del artículo ya no están vigentes.
- Art. 90El DIF de la Ciudad de México se encarga de dos programas: uno de Alimentos Escolares y otro llamado Beca Leona Vicario. El primero consiste en darles desayunos o comidas nutritivas (fríos o calientes) a niñas y niños que van a escuelas públicas, sobre todo a los que viven en zonas más marginadas y en situación difícil. El segundo programa da un apoyo económico cada mes y también servicios a menores de 0 a 17 años con 11 meses que estén en situaciones muy difíciles, para ayudarles con su educación y comida. En ambos casos, los que quieran participar tienen que cumplir con los requisitos que están en las reglas del programa.
- Art. 91Ese artículo ya no es válido; lo quitaron de la ley el 2 de junio de 2023. "Derogar" significa que una ley o parte de ella queda sin efecto, como si la borraran. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo, porque ya no aplica.
- Art. 92Artículo 92. Los programas sociales se van a llevar a cabo y aplicar siguiendo las reglas o instrucciones que se hayan definido para cada uno. Es decir, tanto el gobierno como los ciudadanos debemos respetar esas reglas, que son como el manual de operación del programa.
- Art. 93La Secretaría de Educación de la Ciudad, junto con la autoridad educativa federal (la SEP) y el Consejo de Participación Escolar, van a revisar cómo funciona todo el sistema educativo de la Ciudad. Esto lo hacen para ver si está cumpliendo con lo que marca la ley.
- Art. 94El artículo dice que cuando se evalúe el sistema educativo de la Ciudad, tienen que revisar, como mínimo, seis cosas. Primero, un diagnóstico general que analice cuántos estudiantes hay, si pueden acceder a la escuela, cuántos terminan sus estudios, dónde están las escuelas y qué nuevas carreras o cursos se necesitan. También deben revisar si hay suficientes maestros, dinero y materiales para todos los niveles escolares. Otra cosa importante es ver si se están cumpliendo los planes de estudio y las metas de cada escuela, y dar recomendaciones para mejorar. Por último, deben hacer un análisis para anticipar qué necesidades educativas tendrá la Ciudad en el futuro.
- Art. 95La evaluación del sistema educativo de la Ciudad de México se hará cada año al finalizar el ciclo escolar. Los resultados se presentarán en una junta con todos los que forman parte del sistema educativo, y esa reunión la organiza y dirige el Secretario de Educación. Cada escuela debe evaluarse de forma constante y siguiendo las reglas que pongan las autoridades educativas federales y locales. En este proceso es obligatorio que participen los consejos técnicos escolares, las supervisiones de zona y de las Alcaldías. El punto de evaluar las escuelas y zonas escolares es encontrar qué apoyos necesitan, detectar los problemas que enfrentan, buscar soluciones y decidir acciones para mejorar su funcionamiento. También se debe revisar si los planes de estudio y programas están cumpliendo sus objetivos, para hacer ajustes o proponer mejoras. En el caso de la educación superior, la evaluación y acreditación se rigen por la Ley General de Educación Superior y las reglas de su propio sistema.
- Art. 96El artículo 96 dice que los planes de estudio de las escuelas se deben revisar todo el tiempo, no nada más una vez. Esta revisión tiene que hacerse de manera ordenada y constante para checar que los temas tengan sentido entre sí, que sean adecuados para lo que los alumnos ya saben, y que sigan siendo útiles. También sirve para darse cuenta cuándo hace falta actualizar los contenidos. En pocas palabras, es como darle mantenimiento a lo que se estudia para que siempre esté al tiro.
- Art. 97La evaluación de los estudiantes en la escuela va a medir qué tanto están aprendiendo lo que les toca según su grado y nivel escolar. También checa si están cumpliendo con lo que marca el plan de estudios: que agarren conocimientos, que formen buenas actitudes y que desarrollen habilidades y destrezas para aprender. Los planes y programas de la escuela deben incluir las reglas, pasos y formas para evaluar y aprobar las materias. En pocas palabras, la evaluación no solo ve si te sabes las cosas, sino también cómo te portas y qué tan hábil eres.
- Art. 98Las escuelas y colegios tienen la obligación de decirles a los papás, mamás o tutores, de forma constante y ordenada, cómo van sus hijos en la escuela, tanto en calificaciones como en su comportamiento o desarrollo. Si hay algo importante que noten, como que el niño está teniendo problemas para aprender o convivir, también deben informarlo. Esto aplica para todos los niveles educativos. En otras palabras, no solo te deben dar las boletas de calificaciones, sino también contarte cualquier cosa relevante que afecte el aprendizaje de tu hijo. Así puedes saber si necesita ayuda extra o si todo va bien.
- Art. 99Las escuelas le dirán a todos los resultados de las evaluaciones que les hagan a los alumnos. Esos resultados se usarán para ver si se están cumpliendo las metas del plan de estudios. Si algo no funciona, la escuela podrá hacer ajustes o cambios en su proyecto educativo. Esto es para mejorar la enseñanza. Así todos los papás y la comunidad sabrán cómo va la escuela.
- Art. 100Este artículo dice que los procedimientos para evaluar a los maestros y al personal que apoya la enseñanza, con el fin de que puedan subir de puesto o recibir reconocimientos, deben seguir las reglas que ya están escritas en la Constitución, la Ley General de Educación, la Ley del Sistema de Carrera para Maestros y otras leyes relacionadas. O sea, no se pueden inventar nuevas formas de evaluación; todo se hace conforme a lo que ya está establecido en esas leyes.
- Art. 101Este artículo dice que los maestros que trabajan para la Autoridad Educativa Federal deben ser evaluados para saber cómo están y así mejorar su formación. Esa evaluación se va a hacer siguiendo lo que dicen varias leyes importantes, como la Constitución, la Ley General de Educación y otras reglas especiales para maestros. En pocas palabras, no inventan un nuevo proceso, sino que usan las leyes que ya existen para revisar cómo van los maestros en su trabajo.
- Art. 102La Secretaría de Educación de la Ciudad será la encargada de decidir cómo se van a evaluar a los maestros, maestras y al personal de apoyo (como intendentes o asistentes) cuando quieran entrar a trabajar, subir de puesto o recibir capacitación. Todo ese proceso se hará siguiendo las reglas y lineamientos que esa misma Secretaría publique. O sea, no es algo que decida cada escuela por su cuenta, sino que la autoridad central pone las reglas del juego para todos.
- Art. 103Todos los estudios que hagas en una escuela de la Ciudad de México son reconocidos como oficiales en todo el país, no solo en la capital. Cuando termines tus estudios, la escuela te dará tu certificado, diploma o título, siempre y cuando cumplas con todo lo que pide el plan de estudios. Ese documento también será válido en cualquier estado de la República Mexicana. Además, la escuela tiene la obligación de registrar tu documento en el Sistema de Información y Gestión Educativa, que es como una base de datos oficial.
- Art. 104Si estudiaste en el extranjero o en una escuela que no pertenece al sistema educativo de México, puedes pedir que te reconozcan tus estudios aquí, eso se llama "revalidación". La Autoridad Educativa Federal pone las reglas generales para hacerlo, y en la Ciudad de México, el Jefe de Gobierno puede autorizarlo a través de la Secretaría de Educación local. Para otros estudios que no sean de nivel básico o medio superior, tanto la Secretaría local como la Federal trabajan juntas para revalidarlos o hacer equivalencias. Además, las escuelas y autoridades deben hacer estos trámites más rápidos y simples, usando herramientas como sistemas electrónicos para verificar que tus documentos sean auténticos.
- Art. 105Si estudiaste en el extranjero, puedes hacer que tu escuela o título sean reconocidos oficialmente en México, siempre y cuando cumplas con los requisitos que marca la ley. Esto aplica tanto para leyes federales como locales. Básicamente, si cumples con los trámites y papeles que te piden, tu esfuerzo de estudio en otro país será válido aquí.
- Art. 106Este artículo dice que si eres mamá, papá, tutor o quien cuida a un niño o adolescente, tienes estos derechos: puedes inscribir a los menores en la escuela desde inicial hasta media superior o especial; puedes hablar con los maestros y directores para resolver problemas de la escuela; te deben informar de las calificaciones; puedes ser parte del comité de padres o del consejo escolar; puedes quejarte si el servicio educativo es malo o tardado y te tienen que decir qué hicieron con tu queja. También tienes derecho a saber en qué se gasta el presupuesto de la escuela, a dar ideas para mejorarla, a participar en las brigadas de protección civil, y a pedir apoyo psicológico y legal si hay violencia escolar.
- Art. 107Los papás, tutores o quienes tienen a su cargo a un niño o adolescente tienen derecho a opinar y meterse en cómo se educa al menor, siempre y cuando sigan las reglas que marca la ley. Esto significa que, si eres responsable de un niño, puedes participar en decisiones sobre su escuela o formación. Pero ojo: tu participación debe respetar lo que digan las leyes y autoridades educativas. En pocas palabras, la ley te da voz, pero no para hacer lo que quieras, sino dentro de lo permitido.
- Art. 108Si eres papá, mamá, tutor o tienes la custodia de un niño o adolescente menor de 18 años, tienes que cumplir con lo siguiente: asegurarte de que estudie hasta la preparatoria, ya sea en escuela pública o privada autorizada, o en educación especial si lo necesita. Debes revisar cómo va en la escuela, apoyarlo para que siga estudiando y colaborar con los maestros para resolver cualquier problema que tenga. También tienes que estar al tanto de sus calificaciones, presentar un certificado médico de una institución de salud pública dentro de los primeros dos meses del ciclo escolar, y seguir las reglas y protocolos del plantel para su seguridad. Por último, debes ayudar en las actividades escolares que te correspondan y trabajar junto con la escuela para detectar y atender cualquier caso de violencia o acoso hacia tu hijo.
- Art. 109Todas las personas que vivan en la Ciudad podrán entrar al sistema de escuelas públicas, siempre y cuando cumplan con los requisitos que pida la ley. No te pueden negar el acceso por ninguna otra razón, como tu origen, dinero o religión. Los únicos límites son los que marca el reglamento, como documentos o trámites. En corto, si vives aquí y cumples lo que te piden, tienes derecho a estudiar.
- Art. 110La ley dice que los niños, niñas y adolescentes tienen prioridad en todo lo relacionado con su educación. Esto significa que, si hay que tomar decisiones o repartir recursos, se debe pensar primero en ellos para que puedan ir a la escuela y aprender. Se basa en lo que dice la Constitución de México y otras leyes especiales que protegen sus derechos. Básicamente, el gobierno y las escuelas están obligados a asegurarse de que los menores tengan acceso a la educación.
- Art. 111Los estudiantes inscritos en cualquier escuela pública o privada de la Ciudad tienen derecho a una educación de excelencia, basada en lo que dice la Constitución y las leyes. También pueden pedir su lugar en escuelas públicas para cursar desde básica hasta media superior, y si tienen necesidades especiales, pueden entrar a escuelas de educación especial. Tienen derecho a que sus maestros los apoyen en su aprendizaje, a participar en actividades deportivas, culturales y de todo tipo, y a recibir orientación sobre sexualidad adecuada a su edad, con información científica y sin ideas falsas. La escuela debe cuidar su integridad física y emocional, respetar su identidad de género y sus creencias, y si faltan por problemas de salud menstrual, pueden justificar esas inasistencias sin que eso les baje calificaciones o les dé castigos. Además, pueden saber cómo los evalúan, pedir documentos como constancias o certificados, ser escuchados por sus maestros y directivos, y tener facilidades si están embarazadas o amamantando. Finalmente, pueden unirse a comités escolares, formar sociedades de estudiantes y participar en cooperativas de la escuela.
- Art. 112Si eres estudiante, tienes la obligación de seguir las reglas del plantel donde estudias, como el reglamento interno o los horarios. Esto aplica tanto en escuelas públicas como privadas. No cumplirlas puede traerte consecuencias, como llamadas de atención o sanciones. En pocas palabras, al inscribirte aceptas respetar las normas de tu escuela.
- Art. 113Los maestros y directores de escuelas públicas de educación básica y media superior en la Ciudad tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier otro trabajador, según lo que marcan la Constitución mexicana, las leyes locales y las reglas especiales para su carrera profesional. Esto significa que deben cumplir con las leyes educativas y laborales que aplican a su trabajo, como la Ley General de Educación o la Ley del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros. En pocas palabras, no hay tratos especiales: tanto sus beneficios como sus responsabilidades están claramente definidos por estas normas.
- Art. 114Para dar clases en cualquier escuela pública de la Ciudad, los maestros deben demostrar que tienen los estudios y habilidades necesarias para enseñar la materia que dan. Esto aplica a todos los niveles, desde preescolar hasta preparatoria, y a cualquier tipo de curso. Los profesores también tienen que cumplir con lo que dice la ley sobre cómo ejercer su profesión, como tener títulos o certificados oficiales. En pocas palabras, no cualquiera puede dar clases; necesitan estar preparados y acreditados.
- Art. 115Los maestros que trabajan en la Ciudad tienen derecho a ganar un sueldo justo, que les alcance para vivir bien ellos y su familia. También deben poder echar raíces en los lugares donde dan clases, tener una casa digna y tiempo suficiente para preparar sus lecciones y para superarse tanto en lo personal como en lo profesional.
- Art. 116Los maestros de primaria, secundaria y preparatoria deben usar el tiempo de clases sobre todo para enseñar y que los alumnos aprendan. También tienen que cumplir con el horario y los días del calendario escolar que ya está definido. No pueden usar ese tiempo para otras cosas que no sean la enseñanza. En pocas palabras, su trabajo principal es dar clase y respetar el calendario.
- Art. 117Este artículo dice que las maestras, maestros y todo el personal de las escuelas deben estar preparados para cuidar y proteger a los alumnos como si fueran responsables de ellos. También tienen la obligación de evitar que los estudiantes sufran cualquier tipo de maltrato, violencia, abuso o explotación, ya sea física, sexual o laboral. Si alguna de estas personas se entera de que un alumno está siendo víctima de un delito, tiene que avisar a las autoridades de inmediato, sin esperar.
- Art. 118Maestros y estudiantes del Sistema Educativo de la Ciudad tienen que seguir los planes y programas de estudio que ya están aprobados por las autoridades. También deben cumplir con el calendario escolar, que es el que marca las fechas de clases, vacaciones y días festivos. Ese calendario tiene que publicarse con tiempo en la Gaceta Oficial de la Ciudad para que todos lo conozcan. Básicamente, nadie puede inventar sus propios horarios o contenidos fuera de lo oficial.
- Art. 119El artículo 119 dice que, durante los días marcados en el calendario oficial, las horas de clases se usan para dar clases y hacer actividades educativas con los alumnos, tal como lo indican los planes de estudio. Si por alguna razón suspenden las clases por una emergencia, como un desastre natural o problemas sociales, las autoridades educativas de la Ciudad tienen que ajustar el calendario escolar para recuperar el tiempo perdido. O sea, si se cancela un día de clases por algo grave, después lo reponen para que nadie se quede sin aprender.
- Art. 120Cuando las escuelas tengan que suspender clases por algo fuera de lo común, como una emergencia, solo la autoridad escolar indicada puede dar el permiso para hacerlo. O sea, ni los maestros ni los directivos pueden decidir por su cuenta; tiene que ser alguien con el poder legal para autorizarlo. Esto aplica para todas las escuelas de la Ciudad de México.
- Art. 121Las autoridades educativas de la Ciudad pueden invitar a la sociedad a participar en actividades para que todas las personas puedan ejercer su derecho a estudiar o ir a la escuela. Esto lo hacen siguiendo las reglas que ponga la autoridad educativa del gobierno federal. Es como si el gobierno local pidiera ayuda a los ciudadanos, a las familias o a las organizaciones para que más gente tenga acceso a la educación. Todo debe hacerse conforme a lo que ya dice la Ley General de Educación. En pocas palabras, se busca que la comunidad se involucre para que nadie se quede sin estudiar.
- Art. 122Cada escuela puede decidir si quiere tener o no un Consejo de Participación Escolar (o un grupo similar). Ese consejo lo forman estudiantes, papás y mamás, y maestros. La función de este consejo es ayudar a mejorar la educación, proponer premios o reconocimientos para los estudiantes y maestros que tengan buena relación con la comunidad, y también cuidar los derechos humanos y la integridad de todos en la escuela. Además, puede sugerir acciones para enfrentar problemas sociales que afecten la educación, como la pobreza o la violencia. También puede organizar cosas para proteger a la gente en caso de desastres, como terremotos o inundaciones, tomando en cuenta a las personas con discapacidad y los riesgos de la zona. Otra tarea es promover cooperativas de comida saludable, con reglas claras de honestidad y transparencia, y ayudar a mejorar las instalaciones de la escuela a través de un Comité Escolar de Administración Participativa. Por último, el consejo puede hacer cualquier actividad que beneficie a la escuela.
- Art. 123En cada Alcaldía de la Ciudad se puede formar un Consejo de Participación Escolar, donde participan las autoridades de la Alcaldía, las asociaciones de papás y mamás, y los maestros. Este Consejo puede hacer varias cosas, como gestionar la mejora de las escuelas, construir nuevas o ampliarlas, tomando en cuenta las necesidades de accesibilidad para personas con discapacidad. También puede organizar actividades culturales, deportivas y ambientales entre escuelas, y promover programas de bienestar para la comunidad, sobre todo los que protegen los derechos de los niños y adolescentes. Además, puede proponer contenidos para los planes de estudio, ayudar en temas de seguridad y protección civil, y hasta buscar recursos para el mantenimiento y equipamiento de las escuelas públicas. En resumen, su objetivo es apoyar y fortalecer la educación en toda la Alcaldía.
- Art. 124En la Ciudad se puede crear y poner a funcionar un consejo local de participación escolar en la educación, que sirve para escuchar opiniones, dar orientación y ayudar. Este consejo lo forman estudiantes, papás y mamás organizados, y maestras y maestros. Entre otras cosas, este consejo puede promover actividades como eventos culturales, cívicos, deportivos y de bienestar social, apoyar en protección civil y emergencias en las escuelas, escuchar los problemas y necesidades de los consejos escolares y de las Alcaldías, pedir soluciones a las autoridades que correspondan, y ayudar en todo lo que haga que la educación sea mejor y llegue a más personas.
- Art. 125El artículo dice que el presidente de México (Ejecutivo Federal) y el jefe de Gobierno de la Ciudad de México van a poner dinero, junto con el presupuesto que ya tengan aprobado, para pagar los servicios educativos. Además, los recursos que vengan del gobierno federal para la educación solo se pueden usar para dar clases y actividades escolares en la Ciudad de México, no para otra cosa. En pocas palabras: el gobierno federal y el de la ciudad cooperan para financiar las escuelas, y ese dinero debe gastarse exclusivamente en educación.
- Art. 126Este artículo dice que, para la Ciudad de México, la educación pública es una prioridad muy importante. Por eso, el gobierno debe buscar aumentar el dinero que le asigna a la educación cada año, pero siempre respetando el presupuesto total que se tenga disponible. Eso sí, la última parte del artículo ya no está vigente porque fue eliminada en una reforma reciente.
- Art. 127El dinero que la Ciudad le asigna a la educación se va a calcular pensando en que los servicios educativos sean cada vez mejores. También debe garantizar que todas las personas, sin importar su situación, tengan las mismas oportunidades de aprender, sin discriminación. Para lograrlo, se dará apoyo extra a quienes están en situaciones más difíciles (como pobreza o discapacidad). Además, se apartarán los recursos económicos, de personal y materiales necesarios para que todos los estudiantes puedan recibir una educación de muy buena calidad.
- Art. 128La Secretaría (la dependencia encargada de la educación) tiene que seguir las reglas federales y locales de transparencia, que es que la información sea pública, y de rendición de cuentas, que significa que expliquen cómo usan el dinero. También debe cumplir con el control interno y la auditoría superior, que son revisiones para asegurar que el presupuesto de educación se gaste correctamente. En pocas palabras, tienen que ser honestos y comprobables con los recursos.
- Art. 129La ley dice que las escuelas, maestros o personas que dan servicios educativos cometen una infracción (una falta) si no siguen las reglas de la Constitución y las leyes de educación, tanto federales como locales. También es falta si atentan contra los derechos de los alumnos, papás o maestros, o si suspenden clases sin una razón válida como un accidente o una emergencia muy grave. Otras faltas incluyen no usar los libros de la SEP, dar títulos o certificados sin que el alumno haya cumplido los requisitos, o vender cosas como libros o materiales que regaló el gobierno. Por último, está prohibido hacer publicidad de productos dañinos para la salud, como tabaco o comida chatarra, dentro de la escuela, o negarse a que las autoridades revisen si todo está en orden.
- Art. 130Si cometes una falta de las que se mencionan en el artículo anterior, te pueden castigar de distintas formas según qué tan grave sea. Por ejemplo, pueden darte una llamada de atención por escrito o ponerte una multa de hasta 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (que es una cantidad de referencia que cambia cada año) de la Ciudad de México. Si vuelves a cometer la misma falta, esa multa se puede duplicar. En los casos más serios, pueden cancelarte el permiso para operar o quitarte el reconocimiento oficial de tus estudios, y hasta cerrar el plantel si se trata de vender cigarros u otras infracciones específicas del artículo 129. Todo esto se suma a otros castigos que puedas tener por otras leyes.
- Art. 131Si la autoridad educativa (como la SEP o una escuela) cree que cometiste una falta grave y mereces un castigo, primero tiene que avisarte. Te dan 15 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni festivos) para que des tu versión y entregues documentos que te pidan. Después de eso, la autoridad revisa lo que dijiste y decide si sancionarte o no. Para poner la multa o castigo, toman en cuenta cosas como qué tan grave fue la falta, si afectó a los alumnos, si lo hiciste a propósito o sin querer, y si ya habías cometido la misma falta antes.
- Art. 132Si una escuela privada pierde el permiso del gobierno para dar clases, tiene que cerrar. Los estudios que los alumnos ya hayan hecho mientras la escuela tenía permiso siguen siendo válidos. La autoridad debe tomar medidas para que los estudiantes no salgan perjudicados. Si el permiso se cancela a medio ciclo escolar, la escuela puede seguir abierta hasta que termine el ciclo, pero solo si el gobierno lo permite y lo supervisa.
- Art. 133Si una autoridad educativa de la Ciudad de México te niega un permiso, te aplica una multa o te rechaza un trámite relacionado con estudios, puedes presentar un "recurso de inconformidad" (es como una queja formal) ante la misma autoridad que tomó la decisión. Ese recurso se tramita según la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, y la autoridad puede confirmar, cambiar o anular lo que hizo. Además, cuando te notifiquen una resolución, las autoridades están obligadas a explicarte que tienes derecho a quejarte con ese recurso o a demandar en el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, para que no te quedes sin saber cómo defenderte.