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Artículo 114 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para dar clases en cualquier escuela pública de la Ciudad, los maestros deben demostrar que tienen los estudios y habilidades necesarias para enseñar la materia que dan. Esto aplica a todos los niveles, desde preescolar hasta preparatoria, y a cualquier tipo de curso. Los profesores también tienen que cumplir con lo que dice la ley sobre cómo ejercer su profesión, como tener títulos o certificados oficiales. En pocas palabras, no cualquiera puede dar clases; necesitan estar preparados y acreditados.

Texto oficial

Artículo 114.- Para ejercer la docencia dentro de cada uno de los tipos, niveles y modalidades que comprende el Sistema Educativo de la Ciudad, el personal docente deberá acreditar la preparación y capacidades necesarias para el desempeño del curso o asignatura que imparten, sujetándose a las disposiciones que la ley establece para el ejercicio de la profesión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 40) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.