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Artículo 33 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La escuela también va a apoyar a los papás, mamás o tutores, dándoles capacitación y orientación sobre cómo ayudar a sus hijos. Si tu hija o hijo tiene alguna discapacidad, problemas graves para aprender, portarse o comunicarse, o si tiene habilidades muy especiales, la Secretaría puede darte pláticas y consejos para atenderlo mejor. Además, en las escuelas de la Ciudad de México van a ofrecer materias opcionales para aprender Lengua de Señas Mexicana, así los alumnos que quieran pueden tomarla y hacer más fácil la comunicación con compañeros que tengan problemas de audición.

Texto oficial

Artículo 33.- La educación inclusiva abarcará la capacitación y orientación a madres y padres de familia o tutores. La Secretaría podrá proporcionar capacitación, consejería y orientación a madres y padres de familia o tutores que lo requieran para atender a educandos con algún tipo de discapacidad, con dificultades severas de aprendizaje, de comportamiento o de comunicación, o bien con aptitudes sobresalientes. En los planes de estudio de los centros escolares del Sistema Educativo de la Ciudad, se incluirán asignaturas optativas para la enseñanza de Lengua de Señas Mexicana para alumnos que deseen cursarla, fomentando con ello la inclusión de educandos de todos los niveles educativos con discapacidad auditiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.