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Artículo 32 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Lengua de Señas Mexicana ya es oficial en la CDMX y es parte de nuestro patrimonio cultural. Si tienes discapacidad auditiva, tienes derecho a que te enseñen en esa lengua, en español o en tu lengua indígena, y tú decides en cuál prefieres recibir tus clases. También deben respetar tu lengua materna y enseñarte español como segunda lengua. El gobierno va a tener un registro de intérpretes certificados según el nivel escolar, y puede capacitar y dar certificados a maestros sordos para que den clases en los grados y materias que se necesiten.

Texto oficial

Artículo 32.- La Lengua de Señas Mexicana es una lengua oficial en la Ciudad de México. Forma parte del patrimonio lingüístico nacional. Las personas con discapacidad auditiva tendrán el derecho a recibir educación en Lengua de Señas Mexicana y español o en su lengua indígena originaria, así como el de elegir en cuál de estas opciones se les debe proporcionar. Deberá garantizarse el respeto y protección de la lengua materna o natural, así como la adquisición del español como una segunda lengua. La Secretaría contará con un registro de intérpretes de Lengua de Señas Mexicana certificados para la interpretación de acuerdo al nivel educativo cuyo contenido interpretarán. La Secretaría podrá formar y certificar a personal docente sordo, para los grados escolares y materias necesarias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.