Artículo 119 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 119 dice que, durante los días marcados en el calendario oficial, las horas de clases se usan para dar clases y hacer actividades educativas con los alumnos, tal como lo indican los planes de estudio. Si por alguna razón suspenden las clases por una emergencia, como un desastre natural o problemas sociales, las autoridades educativas de la Ciudad tienen que ajustar el calendario escolar para recuperar el tiempo perdido. O sea, si se cancela un día de clases por algo grave, después lo reponen para que nadie se quede sin aprender.
Texto oficial
Artículo 119.- En días de calendario oficial, las horas de labor escolar se dedicarán a la práctica docente y a las actividades educativas con los educandos, de conformidad con lo previsto en los planes y programas de estudio establecidos. En caso de suspensión de labores escolares, obligada por contingencias sociales o naturales, las autoridades educativas de la Ciudad harán los ajustes que se requieran al calendario escolar para recuperar el tiempo perdido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.