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Artículo 105 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estudiaste en el extranjero, puedes hacer que tu escuela o título sean reconocidos oficialmente en México, siempre y cuando cumplas con los requisitos que marca la ley. Esto aplica tanto para leyes federales como locales. Básicamente, si cumples con los trámites y papeles que te piden, tu esfuerzo de estudio en otro país será válido aquí.

Texto oficial

Artículo 105.- Las personas que hayan cursado sus estudios en el extranjero podrán obtener la validez oficial de sus estudios si satisfacen los requisitos establecidos en la Ley General, esta Ley y demás disposiciones aplicables. CAPÍTULO XI DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO EDUCATIVO Sección Primera Derechos y Obligaciones de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guarda y custodia

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.