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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13251/43
Ley
LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
43

Artículo 43 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las personas mayores tienen los mismos derechos, garantías y servicios educativos que cualquier otra persona según esta ley. Eso significa que pueden estudiar, recibir becas o apoyos, y acceder a programas escolares sin que los discriminen por su edad. Todos los beneficios que la ley da a los estudiantes aplican también para ellas.

Texto oficial

Artículo 43.- Las personas mayores contarán con la totalidad de los derechos, garantías y servicios educativos incluidos en la presente Ley.

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 19) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.