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Ley
LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con el gobierno federal, va a dar clases para adultos en tres formas: presencial, abierta y a distancia. Esto incluye enseñar a leer y escribir, y también los niveles de primaria y secundaria. Si estudias en el sistema abierto o a distancia, esos estudios cuentan como oficiales, igual que si fueras a una escuela normal. Puedes aprobar materias o todo el grado presentando exámenes, ya sea por partes o completos, según las reglas que apliquen.

Texto oficial

Artículo 42.- La Secretaría en concurrencia con la Federación, impartirá educación para las personas adultas en las modalidades escolarizada, abierta y a distancia, incluyendo la alfabetización, la educación primaria y la secundaria. Los estudios efectuados por las personas adultas en el sistema abierto o a distancia tendrán validez oficial. Las personas beneficiarias de esta educación podrán acreditar los conocimientos adquiridos mediante exámenes parciales o globales, conforme a las disposiciones legales aplicables.

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 19) ↗

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