- Ley
- LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 92
Artículo 92 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Artículo 92. Los programas sociales se van a llevar a cabo y aplicar siguiendo las reglas o instrucciones que se hayan definido para cada uno. Es decir, tanto el gobierno como los ciudadanos debemos respetar esas reglas, que son como el manual de operación del programa.
Texto oficial
Artículo 92.- La ejecución y aplicación de los programas sociales será de acuerdo con las reglas de operación o lineamientos que al efecto se establezcan. CAPÍTULO IX DE LA EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.