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Artículo 121 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades educativas de la Ciudad pueden invitar a la sociedad a participar en actividades para que todas las personas puedan ejercer su derecho a estudiar o ir a la escuela. Esto lo hacen siguiendo las reglas que ponga la autoridad educativa del gobierno federal. Es como si el gobierno local pidiera ayuda a los ciudadanos, a las familias o a las organizaciones para que más gente tenga acceso a la educación. Todo debe hacerse conforme a lo que ya dice la Ley General de Educación. En pocas palabras, se busca que la comunidad se involucre para que nadie se quede sin estudiar.

Texto oficial

Artículo 121.- Conforme a lo dispuesto en la Ley General, las autoridades educativas de la Ciudad podrán promover, de conformidad con los lineamientos que establezca la Autoridad Educativa Federal, la participación de la sociedad en actividades que tengan por objeto garantizar el derecho a la educación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.