Artículo 36 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para identificar y ayudar a estudiantes con talentos excepcionales, los directores y maestros de las escuelas de la Ciudad deben seguir las reglas que pone la Autoridad Educativa Federal. Estas reglas incluyen cómo hacer una evaluación para detectar a esos alumnos, qué métodos de enseñanza usar, y cómo otorgarles certificados o reconocimientos. Esto aplica desde la primaria y secundaria hasta la preparatoria y la universidad, incluyendo las escuelas normales. En pocas palabras, las escuelas tienen que seguir un mismo plan para apoyar a los estudiantes más brillantes.
Texto oficial
Artículo 36.- Para la identificación y atención educativa de educandos con aptitudes sobresalientes, las autoridades escolares de las escuelas en la Ciudad, atenderán los lineamientos emitidos por la Autoridad Educativa Federal para la evaluación diagnóstica, los modelos pedagógicos y los mecanismos de acreditación y certificación necesarios en los niveles de educación básica, educación normal, así como la media superior y superior, en el ámbito de su competencia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.