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Artículo 103 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todos los estudios que hagas en una escuela de la Ciudad de México son reconocidos como oficiales en todo el país, no solo en la capital. Cuando termines tus estudios, la escuela te dará tu certificado, diploma o título, siempre y cuando cumplas con todo lo que pide el plan de estudios. Ese documento también será válido en cualquier estado de la República Mexicana. Además, la escuela tiene la obligación de registrar tu documento en el Sistema de Información y Gestión Educativa, que es como una base de datos oficial.

Texto oficial

Artículo 103.- Los estudios realizados dentro del Sistema Educativo de la Ciudad tendrán validez oficial en toda la República Mexicana. Las instituciones del sistema educativo local expedirán certificados y otorgarán constancias, diplomas, títulos o grados académicos a las personas que hayan concluido estudios, de conformidad con los requisitos establecidos en los planes y programas de estudio correspondientes y deberán registrarse en el Sistema de Información y Gestión Educativa, con base a las disposiciones normativas aplicables. Dichos documentos también tendrán validez en toda la República Mexicana.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.