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Artículo 102 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Educación de la Ciudad será la encargada de decidir cómo se van a evaluar a los maestros, maestras y al personal de apoyo (como intendentes o asistentes) cuando quieran entrar a trabajar, subir de puesto o recibir capacitación. Todo ese proceso se hará siguiendo las reglas y lineamientos que esa misma Secretaría publique. O sea, no es algo que decida cada escuela por su cuenta, sino que la autoridad central pone las reglas del juego para todos.

Texto oficial

Artículo 102.- Los procesos de evaluación del personal docente y de apoyo a la docencia, para efectos de ingreso, promoción, reconocimiento y formación continua, en las instituciones educativas dependientes del Gobierno de la Ciudad, se llevará a cabo conforme a las disposiciones reglamentarias y los lineamientos que para tal efecto expida la Secretaría. CAPÍTULO X DE LA VALIDEZ Y LA CERTIFICACIÓN DE ESTUDIOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.