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Ley
LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
112

Artículo 112 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres estudiante, tienes la obligación de seguir las reglas del plantel donde estudias, como el reglamento interno o los horarios. Esto aplica tanto en escuelas públicas como privadas. No cumplirlas puede traerte consecuencias, como llamadas de atención o sanciones. En pocas palabras, al inscribirte aceptas respetar las normas de tu escuela.

Texto oficial

Artículo 112.- Es deber de los educandos cumplir con las normas de las instituciones educativas en las que están inscritos. Sección Tercera Derechos y Obligaciones del Personal Docente

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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