- Ley
- LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que las escuelas desde los primeros años hasta la universidad pueden elegir cómo dar clases: de forma presencial todos los días (escolarizada), completamente en línea o por tu cuenta (no escolarizada), combinando clases en el salón y estudio independiente (mixta), o con horarios flexibles sin ir diario (abierta y a distancia). En pocas palabras, no todas las escuelas tienen que funcionar igual; pueden adaptarse a las necesidades de los alumnos.
Texto oficial
Artículo 12.- La educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior podrán adoptar las modalidades escolarizada, no escolarizada, mixta, abierta y a distancia.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.