Artículo 21 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el sistema de bachillerato del Gobierno de la Ciudad de México se compone de tres cosas. Primero, está el Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México, que es una institución especializada en dar clases de preparatoria, sobre todo en zonas donde hace falta más oferta educativa. Segundo, están los programas de bachillerato que directamente maneja la Secretaría de Educación de la ciudad. Y tercero, están los servicios de apoyo y asesoría que se dan a través de las Ciberescuelas, que son parte del Subsistema de Educación Comunitaria, para ayudarte si estás estudiando la prepa.
Texto oficial
Artículo 21.- El Sistema de Bachillerato del Gobierno de la Ciudad se integra por: I. El Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México: Es un organismo descentralizado de la Administración Pública de la Ciudad, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría, cuyo objeto es impartir e impulsar la educación media superior en la entidad, especialmente en aquellas zonas en las que la atención de la demanda educativa sea insuficiente o así lo requiera el interés colectivo. La organización, funcionamiento y atribuciones del Instituto se regirán por lo que disponga la normativa en la materia; II. Los programas de bachillerato impartidos por la Secretaría, y III. Se deroga. Fracción reformada G.O. CDMX 02/06/23 Fracción derogada G.O. CDMX 02/06/23 IV. Los servicios de apoyo y asesoría a las personas que cursan estudios de bachillerato, prestados a través de las Ciberescuelas del Subsistema de Educación Comunitaria. Fracción reformada G.O. CDMX 02/06/23 Sección Tercera Educación Superior
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.