Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 20 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría quiere que en las prepas del gobierno de la Ciudad se hagan cuatro cosas: Primero, que analicen los problemas de las Alcaldías, zonas pobres y comunidades cercanas, para ayudar a encontrar soluciones junto con las autoridades y dar a conocer la cultura. Segundo, que los maestros tengan título profesional y también estudien cómo enseñar, actualizándose siempre. Tercero, que les den facilidades a los maestros para que sigan estudiando o se especialicen en dar clases. Cuarto, que se apoye la educación abierta y a distancia, o sea, estudiar sin ir todos los días a la escuela.

Texto oficial

Artículo 20.- La Secretaría impulsará que en los planteles de educación media superior, dependientes del Gobierno de la Ciudad: I. Se analicen las problemáticas de las Alcaldías, comunidades aledañas y zonas marginadas de la entidad, a fin de coadyuvar en el estudio de las situaciones de interés social y proponer soluciones de manera coordinada con las instancias correspondientes, así como difundir la cultura; II. Que el personal tenga una formación en docencia, además de título profesional, así como capacitarse y actualizarse de forma permanente; III. Se brinden facilidades para que las personas educadoras continúen con su formación profesional o especialización en docencia, y IV. Se promueva la educación abierta y a distancia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.