- Ley
- LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
- Artículo
- 48
Artículo 48 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los PILARES son lugares públicos que están abiertos a todas las personas que vivan, sean vecinas o estén de paso en la Ciudad. Ahí puedes acceder sin costo a servicios de educación, cultura, deporte y formación para sentirte bien. Son espacios gratuitos que te ayudan a ejercer tus derechos, como el de aprender, divertirte o cuidar el medio ambiente. Funcionan como una red de servicios conectados entre sí para que tengas opciones cerca de tu casa. En pocas palabras, son centros comunitarios donde encuentras actividades útiles sin pagar nada.
Texto oficial
Artículo 48.- Los PILARES son espacios públicos comunitarios y gratuitos, de educación y formación al servicio de las personas habitantes, vecinas y transeúntes de la Ciudad, para el ejercicio de sus derechos humanos, económicos, sociales, culturales y ambientales. Constituyen una red integrada de servicios educativos, culturales, deportivos y de formación para el bienestar.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.