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Ley
LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
63

Artículo 63 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 63 dice que todos los planes de estudio en las escuelas de la Ciudad de México deben basarse en valores importantes. Esto incluye respetar los derechos humanos, tratar a mujeres y hombres por igual, cuidar el medio ambiente y el agua, y proteger a los animales porque también sienten dolor. También se deben tomar en cuenta la inclusión, la no violencia, la paz, y que jóvenes, maestros, autoridades y familias participen en el diálogo. En pocas palabras, las escuelas tienen que enseñar con respeto y responsabilidad hacia todos.

Texto oficial

Artículo 63.- Los planes y programas de estudio del Sistema Educativo de la Ciudad se basarán invariablemente en el respeto a los derechos humanos, igualdad sustantiva, sustentabilidad del medio ambiente, cultura del cuidado y gestión del agua, el respeto y protección a los animales como seres sintientes, responsabilidad social, equidad, inclusión, perspectiva de género, cultura de envejecimiento activo y la solidaridad intergeneracional, perspectiva intercultural, cultura de paz y no violencia, sana convivencia, así como diálogo y participación de educandos, personas educadoras, autoridades, madres y padres de familia o tutores e instituciones sociales. Artículo reformado G.O. CDMX 11/04/25

Ver texto oficial de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 27) ↗

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