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Artículo 81 de la LEY DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te inconformas con una decisión que tome la autoridad educativa sobre si te da o no la validez oficial de tus estudios, o sobre algún trámite relacionado, tienes dos opciones: puedes presentar un recurso de inconformidad (que es como una queja formal ante la misma autoridad) o puedes demandar ante el juez que corresponda. Ambas vías son válidas para defender tus derechos.

Texto oficial

Artículo 81.- En contra de las resoluciones emitidas por la autoridad educativa en materia de autorización y reconocimiento de validez oficial de estudios y los trámites y procedimientos relacionados con los mismos, el afectado podrá interponer el recurso de inconformidad o acudir a la autoridad jurisdiccional que corresponda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.