Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_13283/93
Ley
LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
93

Artículo 93 de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno va a trabajar en equipo con las secretarías de Inclusión y Educación, además de empresas y organizaciones de la sociedad, para ayudarte si eres una persona mayor. Van a ofrecerte consultas médicas especializadas sin costo, así como actividades educativas, culturales y recreativas para que te sientas bien y feliz. También te darán información y consejos para que tengas una vida plena y saludable, y te explicarán tus derechos, como recibir pensión alimenticia y estar integrado en tu familia y comunidad. Todo esto lo harán a través de la Secretaría de Inclusión y el DIF de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 93. La Secretaría, de forma conjunta con las Secretarías de Inclusión y la de Educación, así como mediante los sectores social y privado llevará a cabo las siguientes acciones: I. Ofrecimiento de servicios permanentes de atención médica especializada; II. Desarrollo de actividades educativas, socioculturales y recreativas que contribuyan al disfrute de una vida plena y saludable; III. Difusión de información y orientaciones dirigidas a las personas mayores para el disfrute de una vida plena y saludable, y IV. Participación en programas permanentes que promuevan el respeto a la dignidad y derechos de las personas mayores, entre ellos, la pensión alimentaria, la integración familiar, social y la participación activa de este grupo de atención prioritaria, por conducto de la Secretaría de Inclusión y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México. CAPÍTULO XV PRESTACIÓN GRATUITA DE SERVICIOS DE SALUD, MEDICAMENTOS E INSUMOS ASOCIADOS PARA LAS PERSONAS SIN SEGURIDAD SOCIAL

Ver texto oficial de la LEY DE SALUD DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.