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Artículo 102 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Gobierno de la Ciudad de México (a través de una dependencia) va a crear y manejar un sistema con toda la información sobre vivienda. Este sistema juntará datos de distintas oficinas de gobierno sobre temas como créditos, subsidios, cuántas viviendas se construyen y cómo crece el mercado de casas y departamentos. La idea es tener datos claros para saber si las políticas de vivienda están funcionando o no. También debe incluir información sobre la vivienda hecha por la gente o por organizaciones sociales.

Texto oficial

Artículo 102. La Secretaría integrará y administrará el Sistema de Información de la Vivienda, el cual se sujetará, en lo conducente, a las disposiciones previstas en la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y se conformará con la información que proporcionen las dependencias y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, en aspectos vinculados con la vivienda, así como la que permita identificar la evolución y crecimiento del mercado, con el objeto de contar con información suficiente para evaluar los efectos de la política habitacional. De igual forma, deberá incorporar la información relacionada con la producción social de vivienda, los créditos y subsidios otorgados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.