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Artículo 74 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría y el Instituto, según lo que les toca hacer, van a buscar formas de juntar dinero entre instituciones del gobierno y organizaciones sociales para pagar proyectos de vivienda. También van a impulsar planes donde tú, como beneficiario, puedas ahorrar antes para que te alcance mejor y sea más fácil construir o mejorar tu casa.

Texto oficial

Artículo 74. La Secretaría y el Instituto, de conformidad con sus atribuciones, promoverán mecanismos de cofinanciamiento entre instituciones públicas y del sector social. Asimismo promoverán esquemas que incorporen el ahorro previo de los beneficiarios para ampliar las posibilidades económicas de la población en la realización de las acciones de vivienda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

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