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Artículo 76 de la LEY DE VIVIENDA PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero del gobierno de la Ciudad de México no se puede usar para apoyar o dar subsidios a empresas privadas que construyan casas. En cambio, ese dinero solo se debe gastar en los programas oficiales de vivienda que maneje el Instituto de Vivienda y en proyectos de otras dependencias del gobierno local que estén aprobados en el Plan de Vivienda. O sea, lo público es para beneficio directo de la gente, no para negocio de particulares.

Texto oficial

Artículo 76. Los recursos públicos no podrán destinarse al financiamiento o al otorgamiento de subsidios para la producción de vivienda por el sector privado. Los recursos públicos estarán destinados a los programas que lleve a cabo el Instituto y a las acciones de las dependencias y entidades del Gobierno de la Ciudad de México que estén consideradas en el Programa Institucional de Vivienda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.