Artículo 1 de la LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es obligatoria para todos y busca beneficiar a la sociedad en general. Sirve para poner en práctica lo que dicen la Constitución de México y la de la Ciudad de México sobre el turismo. Su propósito es establecer las reglas, apoyar e impulsar el turismo en la capital del país.
Texto oficial
Artículo 1. Las disposiciones de la presente Ley son de orden e interés público, reglamentarias de los artículos 73 fracción XXIX-K y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 16, apartado D, numeral 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México, en materia de turismo y tienen por objeto la regulación, fomento y promoción de la actividad turística en la Ciudad de México. Artículo reformado G.O. CDMX 04/04/2024
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