Artículo 22 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE TRASPLANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las decisiones del Consejo ya no se pueden cambiar, a menos que aparezca información nueva que no se conocía antes. Si alguien quiere echar para atrás o modificar un acuerdo, solo puede hacerlo si presenta pruebas o datos que no estaban cuando se tomó la decisión. Algo que ya se resolvió no se puede reabrir solo porque a alguien no le gustó el resultado. En pocas palabras, lo que el Consejo acuerda es firme a menos que surjan cosas nuevas.
Texto oficial
ARTÍCULO 22. Las resoluciones o acuerdos del Consejo tendrán carácter definitivo y sólo podrán ser revocados, modificados o adicionados cuando aparezcan nuevos elementos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.