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Artículo 4 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE TRASPLANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo está formado por varias personas importantes de distintas instituciones. Lo encabeza el titular de la Secretaría (quien funge como presidente) y le sigue el de la Subsecretaría de Prestación de Servicios Médicos (que es el vicepresidente). También lo integran la Fiscalía de la CDMX, la Secretaría de Educación, la Comisión de Salud del Congreso local, un representante del Tribunal Superior de Justicia, del Colegio de Notarios, de hospitales privados, de las Academias de Medicina y Cirugía, del IMSS, del ISSSTE, de la UNAM, del IPN, del Centro Nacional de Trasplantes y un Secretariado Técnico. En resumen, se juntan todas estas autoridades y especialistas para tomar decisiones.

Texto oficial

ARTÍCULO 4. El Consejo, se integrará por las personas titulares de: I. La Secretaría, quien lo presidirá; II. La Subsecretaría de Prestación de Servicios Médicos e Insumos, quien ocupará la vicepresidencia; III. La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; IV. La Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México; V. La presidencia de la Comisión de Salud del Congreso de la Ciudad de México; Así como una persona representante de: VI. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; VII. El Colegio de Notarios de la Ciudad de México; VIII. Las instituciones de salud privadas de la Ciudad de México; IX. La Academia Nacional de Medicina; X. La Academia Nacional de Cirugía; XI. El Instituto Mexicano del Seguro Social; XII. El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado; XIII. La Universidad Nacional Autónoma de México; XIV. El Instituto Politécnico Nacional; XV. Del Centro Nacional de Trasplantes y, XVI. Un Secretariado Técnico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

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