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Artículo 31 de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fondo puede crear "subfondos" (como ahorros especiales para objetivos concretos) si el Consejo lo pide. Sirven para hacer más competitiva la Ciudad, mejorar el ambiente para los negocios, fomentar el conocimiento y ayudar a crear micro, pequeñas, medianas empresas o cooperativas. También pueden usarse para impulsar proyectos donde el gobierno y empresas privadas trabajen juntos. La idea es que todo esto traiga beneficios a la sociedad en general.

Texto oficial

Artículo 31.- El Fondo, a petición del Consejo, podrá constituir subfondos para: I. Mejorar la competitividad de la Ciudad; II. La transformación productiva que impulse la competitividad y el empleo; III. Mejorar el ambiente de negocios; IV. El tránsito hacia una economía basada en el conocimiento; V. El impulso a la creación y desarrollo de micro, pequeñas, medianas empresas y cooperativas; y VI. En general, promover las inversiones público-privadas que produzcan beneficios sociales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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