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Artículo 23 de la LEY DE LA INFRAESTRUCTURA FÍSICA EDUCATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta de Gobierno es como un grupo de personas importantes que toman decisiones. La forman los titulares (jefes) de varias dependencias: la Secretaría de Educación, la de Finanzas, la de Obras, la de Protección Civil, y el director del Instituto de Ciencia y Tecnología de la CDMX. También hay representantes del INEE (el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación) y de otras instituciones como la UNAM, el Politécnico, tres expertos elegidos por el Jefe de Gobierno, y tres personas escogidas por las Alcaldías. Un comisario y el titular del Órgano Interno de Control pueden hablar en las reuniones, pero no tienen derecho a votar. El director del Instituto funge como secretario técnico para ayudar en las tareas, y si algún miembro falta, puede mandar a su suplente (que debe ser su segundo al mando).

Texto oficial

Artículo 23.- La Junta de Gobierno estará integrada por: I. La persona titular de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, quien la presidirá; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 II. La persona titular de la Secretaría de Administración y Finanzas; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 III. La persona titular de la Secretaría de Obras y Servicios; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 IV. La persona titular de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 V. La persona titular de la Dirección General del Instituto de Ciencia y Tecnología de la Ciudad de México; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 VI. Una persona representante del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE); así como una persona representante del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa; VII. Una persona representante de la Universidad Nacional Autónoma de México y una persona representante del Instituto Politécnico Nacional; Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 VIII. VIII. Tres personas expertas en la materia, designadas por la persona titular de la Jefatura de Gobierno; y Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 IX. IX. Tres personas integrantes designadas de común acuerdo por las Alcaldías. Fracción reformada G.O. CDMX 24/12/25 La persona Comisaria y la persona titular del Órgano Interno de Control, participarán en las sesiones de la Junta de Gobierno con voz, pero sin voto. Párrafo reformado G.O. CDMX 24/12/25 Para el apoyo de sus funciones, la Junta de Gobierno contará con una secretaría técnica, que recaerá en la persona titular de la Dirección General del Instituto, y quien acudirá a las sesiones con voz, pero sin voto. Párrafo reformado G.O. CDMX 24/12/25 Las personas integrantes de la Junta de Gobierno, contemplados en las fracciones I a V, acreditarán ante la misma a sus respectivos suplentes, que serán del nivel jerárquico inmediato inferior, quienes fungirán como miembros en las ausencias de aquellos. Párrafo reformado G.O. CDMX 24/12/25

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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