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Artículo 10 del REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS UBICADAS EN LOS POLÍGONOS DE LA MAGDALENA MIXHUCA, BAJO ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo prohíbe que te comportes de manera violenta o agresiva con otras personas. No puedes usar groserías, hacer gestos que insulten, golpear a alguien, gritarle o amenazarlo. Tampoco está permitido molestar a otra persona de manera repetitiva o hacerle sentir mal a propósito, como acosarla o humillarla. En pocas palabras, debes tratar a los demás con respeto y sin violencia.

Texto oficial

Artículo 10. Conducta. Queda prohibido el uso de lenguaje ofensivo, gesticulaciones denigrantes, agresiones físicas o verbales, así como cualquier forma de acoso u hostigamiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.