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Artículo 4 del REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS UBICADAS EN LOS POLÍGONOS DE LA MAGDALENA MIXHUCA, BAJO ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las instalaciones están abiertas para que cualquier persona del público o equipos representativos las usen, pero solo en los horarios y siguiendo las reglas que ponga la autoridad encargada. Es decir, no puedes entrar a usarlas cuando quieras, sino cuando la autoridad lo permita y cumpliendo con sus indicaciones. La autoridad competente es la persona o institución que tiene el poder de decidir sobre el lugar.

Texto oficial

Artículo 4. Uso de instalaciones. Las instalaciones podrán ser utilizadas por el público en general y equipos representativos conforme a los horarios y lineamientos emitidos por la autoridad competente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.