- Ley
- REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS UBICADAS EN LOS POLÍGONOS DE LA MAGDALENA MIXHUCA, BAJO ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO
- Artículo
- 7
Artículo 7 del REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS UBICADAS EN LOS POLÍGONOS DE LA MAGDALENA MIXHUCA, BAJO ADMINISTRACIÓN DIRECTA DE LA ALCALDÍA DE IZTACALCO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres entrar a zonas donde no dejan pasar a todos, cambiarle el uso a un espacio (como convertir una bodega en salón de fiestas) o hacer eventos especiales, necesitas pedir permiso a la autoridad antes de hacerlo. Es decir, no puedes hacer esto por tu cuenta, primero debes tramitar una autorización con el gobierno o la oficina encargada.
Texto oficial
Artículo 7. Autorizaciones. Requieren autorización previa de la Administración: I. El ingreso a zonas restringidas; II. La modificación del uso de áreas; III. La realización de eventos o actividades especiales. CAPÍTULO III DE LOS USUARIOS
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.