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Artículo 51 del DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR Y SE ABROGA EL REGLAMENTO DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE VERIFICACIÓN VEHICULAR

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú reportaste una falla o problema sobre verificación vehicular (una denuncia), y resulta que cometiste una infracción al reglamento, esa denuncia que hiciste se va a considerar para que la multa o castigo sea más leve. O sea, el hecho de haber reportado algo puede ayudarte a que la sanción no sea tan fuerte. Eso sí, solo aplica si la denuncia está relacionada con lo que hiciste mal.

Texto oficial

Artículo 51.- La realización de la denuncia de hechos se tomará en cuenta en caso de que se hubiese incurrido en alguna infracción al Reglamento u otras disposiciones jurídicas aplicables a la verificación vehicular como elemento para determinar la sanción correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.