Artículo 100 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 100 dice que cada Comisión del Concejo (como un grupo de trabajo especial) debe tener 7 personas en total. De esas 7, una será presidenta o presidente, otra secretaria o secretario, y las otras 5 serán integrantes del concejo. Además, al elegir a estas personas, deben asegurarse de que haya representación de diferentes partidos o grupos, en proporción a cuántos concejales tiene cada uno.
Texto oficial
Artículo 100.- Las Comisiones del Concejo estarán integradas por una Presidenta o un Presidente, una Secretaria o Secretario y cinco integrantes más, respetando el principio de pluralidad y proporcionalidad, conformándose por un total de siete Concejales por Comisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.