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Ley
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Artículo
51

Artículo 51 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo se puede organizar una junta si lo pide la presidenta o el presidente del Concejo, o si más de la mitad de los concejales están de acuerdo. La Secretaría Técnica es la encargada de avisar a todos los miembros del Concejo, mandando la invitación a sus oficinas o por correo electrónico oficial. También tienen que dejar un aviso en los Estrados del Concejo, que es como un pizarrón oficial donde se publican este tipo de notificaciones.

Texto oficial

Artículo 51.- Se convocará a Sesión a solicitud de la Presidenta o el Presidente de Concejo o por solicitud de la mayoría absoluta de los Concejales. La Secretaría Técnica será el conducto para notificar a los integrantes del Concejo, con acuse de recibo, en las oficinas de los miembros del Concejo, ubicadas en CETRAM “Francisco Goitia” 1er Piso, Avenida 20 de Noviembre, Barrio San Marcos, Alcaldía Xochimilco, C.p. 16050, Ciudad de México, a través de los medios electrónicos autorizados, los correos institucionales oficiales y en los Estrados del Concejo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO. (pág. 11) ↗

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