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Artículo 56 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien esté hablando en una sesión, nadie puede interrumpirlo ni ponerse a platicar con él. Si algún concejal quiere decir algo sobre el tema, tendrá máximo cinco minutos para hacer sus comentarios, pero siempre después de que el orador termine.

Texto oficial

Artículo 56. - Durante el uso de la palabra no se permitirán interrupciones ni diálogos personales entre el orador en turno y alguno de las y los Concejales. Éstos dispondrán hasta de cinco minutos para hacer comentarios acerca del asunto que se esté tratando.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.