Artículo 51 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno y las instituciones públicas deben publicar información que le sirva a la gente, como problemas o situaciones que pasan en tu colonia o comunidad. Además, tienen que difundirla en los medios y formatos que sean más fáciles de entender para ti, como videos, carteles o redes sociales. La idea es que la transparencia no sea solo un trámite, sino que realmente te ayude a saber lo que pasa a tu alrededor.
Texto oficial
Artículo 51. La información publicada por los sujetos obligados, en el marco de la política de transparencia con sentido social, se difundirá en los medios y formatos adecuados a la población a la que se dirija, y podrá comprender entre otras, problemáticas y dinámicas del territorio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.